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Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos

03/09/2018
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Decreto Foral 67/2018, de 22 de agosto, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 31 de agosto de 2018). Texto completo.

DECRETO FORAL 67/2018, DE 22 DE AGOSTO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Educación propone la creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 9 de mayo de 2018, se autorizó a la Dirección General de Función Pública la creación de nueve plazas en plantilla de Asesor Docente en la Dirección General de Educación.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de agosto de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo 1. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno.-Se crean plazas de la plantilla orgánica en la Dirección General de Educación, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuestos de Gastos, que se relacionan seguidamente:

-Tres vacantes de Asesor Docente, de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 39097, 39098 y 39099.

-Seis vacantes de Asesor de C.A.P., de régimen funcionarial, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 39100, 39101, 39102, 39103, 39104 y 39105.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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