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Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

08/08/2018
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Decreto Foral 55/2018, de 25 de julio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 7 de agosto de 2018). Texto completo.

DECRETO FORAL 55/2018, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea del Departamento de Salud propone la creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de julio de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo único.-Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Se crean plazas de la plantilla orgánica en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea del Departamento de Salud, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuestos de Gastos, que se relacionan seguidamente:

DEPARTAMENTO DE SALUD

SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA

Complejo Hospitalario de Navarra.

-Una vacante de F.E.A./Adjunto Psiquiatría, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 71568.

-Dos vacantes de Psicólogo Clínico, de régimen funcionarial, nivel A, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 71569 y 71570.

-Dos vacantes de Terapeuta Ocupacional, de régimen funcionarial, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 71571 y 71572.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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