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Audiencia Provincial de Cádiz

Condenado a inhabilitación por prevaricación un exalcalde del PSOE en Algeciras

12/07/2018
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La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un año y nueve meses de inhabilitación al exalcalde del PSOE en Algeciras, Juan Antonio Palacios, por un delito de prevaricación en el conocido como 'caso escalinata'.

ALGECIRAS (CÁDIZ), 11 (EUROPA PRESS)

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, da como hechos probados que el Ayuntamiento de Algeciras, con Palacios como alcalde, en su sesión plenaria celebrada el 28 de abril de 2000 aprobó el inicio de los expedientes de contratación para la concesión de obras consistentes en la construcción de cuatro aparcamientos subterráneos, pese a que uno de ellos, el llamado Parking de la Escalinata, era notoriamente un edificio de varias plantas en la avenidas Virgen del Carmen de la ciudad.

Las obras de construcción del parking se iniciaron, por la contratista y concesionaria Nautagest S.L, aproximadamente en agosto del año 2001, comenzándose éstas con el vaciado de la finca, para que tuviera la profundidad necesaria para la construcción del parking y realizándose en este momento una "modificación trascendental" respecto de lo que se contenía en el proyecto previamente aprobado.

En este sentido, señala que la contención de tierras consecuencia de la excavación no se realizó mediante la construcción de una pantalla continua con anclajes provisionales hasta la ejecución de la estructuras, sino mediante un muro de pantalla de pilotes discontinuos, que permitió que el agua de la lluvia se filtrara de forma continua por esos agujeros, arrastrando elementos del subsuelo del edificio Escalinata.

Posteriormente, el 24 de abril de 2002 el Edifico Escalinata sufrió una importante sacudida y sus ocupantes tuvieron que ser desalojados. El edificio fue sufriendo continuos daños, fisuras y desplomes, desplazándose cada vez más sobre la vertical. Además, a petición de los vecinos se elaboraron diversos informes técnicos que determinaron que todos los daños eran consecuencia de la forma en que se estaban ejecutando las obras del parking.

Según recoge la sentencia, los vecinos del Edificio Escalinata volvieron a ocuparlo al haber recibido el compromiso verbal de que se iban a arreglar los desperfectos, lo que no se hizo, produciéndose el 2 de junio de 2003 otro desplome del inmueble que ya obligó a los propietarios del edificio a abandonarlo de forma definitiva.

El día 14 de agosto de 2003, el Ayuntamiento, con el condenado como alcalde, se constituyó como encargado y garante de que la empresa que estaba construyendo el parking, Nautagest S.L., abonara a los vecinos una cantidad para pagarle sus realojos mientras no pudieran ocupar sus viviendas, si bien los pagos no se fueron haciendo pese a las reiteradas reclamaciones de los vecinos.

El 22 de marzo de 2004 la Junta de gobierno del Ayuntamiento aprobó a propuesta del alcalde un procedimiento de responsabilidad patrimonial en la que únicamente se hacía responsable de los daños producidos a la empresa constructora Nautagest S.L., la cual se determinaba debía pagar a los vecinos del Edificio Escalinata por los daños y el realojo.

Finalmente, el 28 de julio de 2004, Juan Antonio Palacios, en su condición de alcalde, "pese a conocer la situación de la necesidad en la que se encontraban los vecinos y a ser consciente de que los daños sufridos por el Edificio Escalinata se habían debido a las obras ejecutadas por la empresa concesionaria y contratista, Nautagest S.L., dictó, a sabiendas de su ilegalidad, un decreto mediante el que exigía a los vecinos que reparasen el Edificio".

Por todo ello, la Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado sentencia condenando a Juan Antonio Palacios a un año y nueve meses de inhabilitación especial para el cargo de alcalde por un delito de prevaricación.

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