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Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía

09/07/2018
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Acuerdo de 12 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía, una estrategia de infraestructura verde (BOJA de 6 de julio de 2018). Texto completo.

ACUERDO DE 12 DE JUNIO DE 2018, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DIRECTOR PARA LA MEJORA DE LA CONECTIVIDAD ECOLÓGICA EN ANDALUCÍA, UNA ESTRATEGIA DE INFRAESTRUCTURA VERDE.

La fragmentación de hábitats y ecosistemas, ya sea como consecuencia de procesos de cambio de uso o de desarrollo urbano o de infraestructuras, se ha convertido en las últimas décadas en una de las principales causas de pérdida de biodiversidad a escala global. Las implicaciones de los procesos de fragmentación no se reducen a la pérdida de diversidad biológica a escala global, sino que pueden llegar a comprometer la conservación de ecosistemas que ejercen importantes servicios para el bienestar humano. La pérdida o deterioro de estos servicios, vinculados al correcto funcionamiento de los ecosistemas, tiene consecuencias directas sobre el desarrollo económico y social de las sociedades que lo padecen y sobre su capacidad de adaptación a los efectos del cambio global, incluyendo el cambio climático.

El marco legal y estratégico en materia medioambiental en general, y de conectividad ecológica en particular, vigente en los distintos niveles de decisión (europeo, nacional y regional), constatan la preocupación generalizada por controlar los efectos ocasionados por los procesos de fragmentación del territorio. Dichos marcos legales e instrumentales han sido los referentes para la elaboración del Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía. Una Estrategia de Infraestructura Verde.

La necesidad de mantener la conectividad para conservar la biodiversidad entró plenamente en el ámbito de la conservación y gestión de la biodiversidad hace ya algunas décadas, cuando se puso de manifiesto en 1979 en la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (conocida también como Convenio de Bonn). En los años transcurridos desde entonces, se han multiplicado los documentos a escala internacional, europea y española que abordan la problemática de la fragmentación de hábitats y ecosistemas y la necesidad de acometer políticas y acciones orientadas a solventar los efectos que ocasiona.

Desde el punto de la legislación estatal el principal referente para la redacción del Plan es el artículo 15 Vínculo a legislación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, relativo al marco estratégico de la infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas, el compromiso de elaboración de una Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica, así como el desarrollo por parte de las Comunidades Autónomas de sus propias Estrategias regionales en un plazo máximo de tres años a contar desde la aprobación de la Estrategia estatal. El presente plan aborda, por tanto, el reto de la puesta en marcha de esta estrategia a escala regional, en consonancia con lo dispuesto en la Ley estatal.

La elaboración de un plan para la mejora de la conectividad ecológica en Andalucía estaba anteriormente recogida de forma específica en la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía del 27 de septiembre de 2011, que consideraba dicho plan como uno de los instrumentos encaminados a la consecución de sus objetivos y líneas estratégicas.

En este mismo sentido, la última adecuación del Plan Forestal Andaluz Horizonte 2015, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2010, contemplaba el desarrollo de una línea de actuación de “Interconexión de espacios naturales”, dentro de su Programa de Espacios Naturales Protegidos y articulación de los elementos que integran el medio natural. Dicha línea de actuación recogía, entre sus medidas, la elaboración de un Plan de interconexión ecológica entre espacios naturales, una función que viene también a desempeñar el Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica de Andalucía.

Otros diferentes documentos de la Comunidad Autónoma de Andalucía han sido también referentes en el proceso de elaboración del presente instrumento de planificación. Así por ejemplo, el Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de febrero de 2012, incluye entre otros los siguientes objetivos estratégicos: afianzar la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y consolidar la red Natura 2000 como un sistema integrado y unitario desde el punto de vista de su gestión en materia de conservación y desarrollo socioeconómico, potenciar la interconexión de espacios naturales y frenar la fragmentación de hábitats, e impulsar la conservación y restauración de los ecosistemas andaluces, todos ellos estrechamente ligados a la conectividad ecológica y a la mejora de la infraestructura verde del territorio.

Desde el punto de vista del marco normativo andaluz, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, establece en su artículo 18 que para permitir la comunicación entre los elementos del sistema, evitando el aislamiento de las poblaciones de especies silvestres y la fragmentación de sus hábitats, se promoverá la conexión mediante corredores ecológicos y otros elementos constitutivos de los mismos, tales como: vegetación natural, bosques-isla o herrizas, ribazos, vías pecuarias, setos arbustivos y arbóreos, linderos tradicionales, zonas y líneas de arbolado, ramblas, cauces fluviales, riberas, márgenes de cauces, zonas húmedas y su entorno, y en general todos los elementos del medio que puedan servir de refugio, dormidero, cría y alimentación de especies silvestres.

El Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica. Una Estrategia de Infraestructura Verde, se ajusta asimismo a lo establecido en el Decreto 23/2012, de 14 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y fauna silvestre y sus hábitats. Este Decreto, en su capítulo IV, sección 1.ª “Conservación de los hábitats y otros elementos del paisaje”, establece las competencias e instrumentos para una gestión del medio natural que favorezca la interconexión y ponga freno a la fragmentación. Más allá, el Plan aporta la información básica para el posterior registro en el Inventario de Corredores Ecológicos Prioritarios y otros elementos de conexión que crea dicho Decreto en su artículo 48.

La incorporación al marco legal e instrumental de los aspectos referidos a la mejora de la conectividad ecológica y al desarrollo de estrategias de infraestructura verde se enmarca también en contexto de la implementación de las políticas de la UE en materia de medio ambiente y biodiversidad. La necesidad de mejora de la conectividad ecológica y el concepto de infraestructura verde fueron recogidos y contemplados en los objetivos y acciones propuestas en la Estrategia Europea de la Biodiversidad 2020. Con posterioridad, y dentro del desarrollo de dichas acciones, la Comisión Europea redactó su propia estrategia europea de infraestructura verde (comunicación infraestructura verde: mejora del capital natural de Europa. (COM/2013/249 final), que concretó los diversos compromisos adquiridos por la UE en la materia.

La Infraestructura verde se define en la estrategia europea como una red de zonas naturales y seminaturales y otros elementos ambientales estratégicamente planificada, diseñada y gestionada, para proveer un amplio abanico de servicios ecosistémicos y para proteger la biodiversidad. Dada la implicación de los servicios que proporcionan los ecosistemas con el bienestar humano, la Comisión valora que el refuerzo y la consolidación de la infraestructura verde del territorio no sólo contribuye a la conservación de la biodiversidad, sino también al desarrollo de las políticas regionales europeas de cohesión, las de adaptación y mitigación del cambio climático y las de protección frente a riesgos naturales.

Los antecedentes expuestos han impulsado a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación de Territorio, en el ámbito de sus competencias, a la redacción del presente Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía. Una Estrategia de Infraestructura Verde, cuya finalidad es garantizar y en la medida de lo posible mejorar de una forma integral, la conectividad ecológica en Andalucía, priorizando el diseño y desarrollo de soluciones basadas en la naturaleza (infraestructura verde y restauración ecológica). Dicha finalidad se pretende conseguir a través del establecimiento de directrices de aplicación en los planes y programas vigentes, promovido desde una amplia gama de departamentos y ámbitos sectoriales de la Junta de Andalucía.

Dado que la implementación del presente Plan tiene diferentes implicaciones sectoriales y, por consiguiente, su desarrollo involucra a distintos departamentos y Consejería de la Junta de Andalucía, su aprobación por parte del Consejo de Gobierno se sustenta en lo previsto en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que establece la competencia de dicho órgano para aprobar programas, planes y directrices vinculantes para todos o varios órganos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos.

Cabe reseñar también que el Estatuto de Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma andaluza, en su artículo 57, la competencia exclusiva en materia de medio ambiente, siendo esta competencia compartida en relación con el establecimiento y regulación de los instrumentos de planificación ambiental y procedimientos de tramitación y aprobación de dichos instrumentos, el establecimiento y regulación de medidas de sostenibilidad e investigaciones ambientales, así como la regulación de los recursos naturales.

En cuanto al procedimiento seguido, el presente Acuerdo ha sido elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, se ha informado por el Consejo Andaluz de Biodiversidad, se ha presentado en el Consejo Andaluz de Medio Ambiente y se ha sometido a los trámites de audiencia a los interesados y de consulta de los intereses sociales en instituciones implicado, incluidas las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 Vínculo a legislación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de junio de 2018,

ACUERDA

Primero. Aprobar el Plan Director para la mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía. Una Estrategia de Infraestructura Verde, que figura como Anexo del presente Acuerdo.

Segundo. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Poner a disposición de cualquier persona que desee consultarlo un ejemplar del Plan aprobado en virtud del presente Acuerdo, en la Dirección General del Medio Natural y Espacios Protegidos. Así como en las Delegaciones Territoriales de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Asimismo esta información estará disponible en la página web de la Consejería, www.juntadeandalucia.es/medioambiente.

Anexos

Omitidos.

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