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El TS confirma cinco años de prisión para un hombre que intentó matar a su compañero de piso y estuvo huido 22 años

22/05/2018
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cinco años de prisión para un hombre que intentó asesinar a su compañero de piso en 1992, al reconocer que la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz es acorde, ya que el juicio se celebró 24 años después de que ocurrieran los hechos. Los magistrados destacan que el acusado estuvo más de 20 años huido de la justicia pero reconocen que el tiempo transcurrido también fue causa de un error en la orden de detención y entrega emitida.

MADRID, 19 May. (EUROPA PRESS) -

Así lo explican en una sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Ferrer, en la que desestiman el recurso presentado por la víctima de esta agresión contra la resolución de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz dictada el 9 de diciembre de 2016, en la que condenan a Dean D. a cinco años de prisión por asesinato intentado. A esta pena se le aplicó las atenuantes de confesión y la analógica muy cualificada de dilaciones indebidas.

Para el recurrente, las dilación indebida, es decir, el tiempo que transcurrió hasta que su agresor fue juzgado, "vino provocado por la deliberada voluntad del acusado de sustraerse de la justicia". El Tribunal Supremo le da la razón en este sentido porque considera que su objetivo era verse "beneficiado"; pero subrayan los magistrados que esa demora se produjo también por "factores ajenos a su voluntad".

ERROR EN LA ORDEN DE DETENCIÓN

Las autoridades gibraltareñas rechazaron su entrega, ya que la orden se emitió con el apellido del acusado mal escrito. "De un lado, el error en el apellido del procesado en las distintas órdenes de busca internacional que se libraron, y que no fue subsanado hasta el año 2005, entorpeció su localización y detención", señala la sentencia.

A esto se suma todo el procedimiento de extradición hasta que Dean D. fue entregado a España en 2014, afirma el Supremo, que acoge la postura de la Fiscalía. "Los 24 años rebasan con creces los parámetros temporales", dice la sentencia, que concluye que la condena impuesta por la Audiencia de Cádiz es correcta, pues ya prevé esta circunstancia.

Según relata la resolución del alto tribunal, los hechos tuvieron lugar en la Línea de la Concepción (Cádiz) en la madrugada del 7 de agosto de 1992 cuando Dean. D., de nacionalidad británica, "atacó" a su compañero de piso Malcom S.P. mientras dormía en el sofá con una "estaca de grandes dimensiones" con la intención de matarle.

SECUELAS EN LA ACTUALIDAD

La agresión en la cabeza situó a la víctima "muy próximo a la muerte con un estado de coma de varias semanas", dejándole secuelas en la actualidad como espasmos musculares frecuentes, dificultad de movimiento y de habla, crisis epilépticas parciales, por lo que requiere ayuda de terceros, dice la resolución.

El acusado se fugó de la justicia durante la instrucción y debido al rechazo de Gibraltar de extraditar a Dean D., el juez instructor declaró lo hechos prescritos y archivo la causa. La Audiencia Provincial de Cádiz revocó esta decisión y tras emitir otra orden de detención y entrega consiguió tomarle declaración en noviembre de 2014 y celebrar la vista oral dos años después.

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