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El TS confirma el derecho a promoción de los trabajadores indefinidos no fijos de las agencias de la Junta

18/05/2018
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El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia por la que confirma el derecho a la promoción y desarrollo profesional del colectivo de trabajadores indefinidos no fijos (INF) de la Agencia de Medio Ambiente y Agua (Amaya), adscrita a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la Amaya contra una sentencia previa y en el mismo sentido del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

SEVILLA, 17 May. (EUROPA PRESS) -

Esta sentencia previa del Alto Tribunal andaluz "declaraba el derecho de los trabajadores de la Amaya afectados por el conflicto, que son los trabajadores de Estructura Corporativa cuya relación laboral es la de indefinido no fijo, a participar en igualdad de condiciones que el personal fijo y fijo discontinuo en los procesos de promoción y reclasificación profesional que la empresa lleva a efecto de conformidad con el artículo 18 del Convenio Colectivo de aplicación".

Además, la sentencia del 22 de junio de 2016 del TSJA "considera que los derechos de los trabajadores indefinidos no fijos se han acabado de nivelar con los fijos a raíz de la STS de 24 de junio de 2014 y otras

posteriores". Contra esta la Junta presentó un recurso de casación que ha sido desestimado por el Tribunal Supremo declarando "firme" el fallo del TSJA.

El sindicado CGT señala en un comunicado que "la discriminación de este colectivo, que incluye a más de 500 profesionales de la plantilla total de 5.000 empleados, en los procesos de promoción y traslado de trabajadores ha tenido un extenso recorrido judicial que parece concluir definitivamente con esta sentencia del Alto Tribunal".

Así, explica que la sentencia afecta directamente a los trabajadores adscritos al convenio de Estructura en la Agencia, "a los cuales se ha excluido, sin justificación alguna, en sucesivos procesos de promoción, desarrollo profesional y traslado por su condición de indefinidos no fijos de la administración andaluza".

Sin embargo, según el secretario general de CGT en la Agencia de Medio Ambiente y Agua, Javier Sánchez, "esta resolución judicial tiene implicaciones que van mucho más allá del ente público andaluz, dado que abre la puerta al reconocimiento del derecho básico de promoción y desarrollo profesional de todos los trabajadores declarados como indefinidos no fijos por sentencia judicial en las diferentes administraciones en el conjunto de España, incluyendo la administración general del Estado y las administraciones autonómicas, provinciales y municipales".

Según CGT "solo en la Junta de Andalucía existen más de 3.000 trabajadores declarados como INF por sentencia judicial, la mayor parte de los cuales se concentra en tres entes públicos de la administración andaluza: la Agencia de Medio Ambiente y Agua, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de la Dependencia".

De este modo, Javier Sánchez señala que tras la sentencia del Tribunal Supremo todos estos trabajadores "podrán reclamar su inclusión en los procesos de promoción y traslado que se realicen en su ámbito laboral, así como optar a las diferentes plazas que se oferten en sus diferentes entes públicos".

En este sentido, aclara que la figura del indefinido no fijo "es de naturaleza jurídica y no está recogida ni en el Estatuto de los Trabajadores ni en el Estatuto Básico del Empleado Público y su aparición se deriva de malas prácticas en la contratación por parte de las administraciones públicas", de modo que "dado el vacío legal existente en lo referente a esta figura jurídica, los derechos de estos trabajadores están siendo progresivamente reconocidos a través sentencias y resoluciones judiciales".

Para Sánchez, el reconocimiento del derecho a la promoción y desarrollo profesional de los trabajadores INF "viene a hacer además justicia con un colectivo especialmente castigado y precarizado en los últimos años por los recortes de la administración andaluza", que, recuerda CGT, "sufrieron, además de discriminación laboral en sus derechos laborales básicos, el recorte adicional del 10% de jornada y salario durante los años más duros de la crisis económica".

Sánchez lamenta profundamente la "obstinación" de la Junta Andalucía, la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la propia Agencia de Medio Ambiente y Agua "en mantener la discriminación de este colectivo de trabajadores de la administración andaluza", y apunta que "esto es especialmente grave en el caso de las agencias públicas andaluzas, donde además no concurren diferencias entre las condiciones de acceso al empleo público entre trabajadores indefinidos y trabajadores INF".

Por último, CGT apunta que, una vez dictada la sentencia por parte del TS, "velará por el cumplimiento y correcta aplicación", que en opinión del sindicato "debe empezar por reconocer el carácter retroactivo de la reclasificación realizada en el año 2015 en el marco del convenio de Estructura y por extender el derecho a la promoción y desarrollo profesional al resto de colectivos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

"Existen otros dos convenios laborales actualmente en vigor en la Agencia, los relativos a Operarios del Medio Natural y Plan Infoca, a los que la Agencia tampoco reconoce el derecho a promoción y reclasificación profesional", concluye.

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