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Modificación de la Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre

03/05/2018
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Orden Foral 46/2018, de 17 de abril, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, de modificación de la Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra, de la Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra, y de la Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las retribuciones de la Policía Foral de Navarra con efectos a partir del 1 de noviembre de 2016 (BON de 30 de abril de 2018). Texto completo.

ORDEN FORAL 46/2018, DE 17 DE ABRIL, DE LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA, INTERIOR Y JUSTICIA, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN FORAL 170/2016, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ÁREA DE INSPECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA, DE LA ORDEN FORAL 173/2016, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA, Y DE LA ORDEN FORAL 185/2016, DE 28 DE OCTUBRE DE LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA, INTERIOR Y JUSTICIA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS RETRIBUCIONES DE LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA CON EFECTOS A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2016

El Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, llevó a efecto una nueva reorganización de la estructura orgánica de la Policía Foral, a fin de dotarla de mayor eficacia y eficiencia. Dicho decreto foral va acompañado por cinco Órdenes Forales de desarrollo, una por cada una de las Áreas que integran la Policía Foral de Navarra.

Mediante Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, se desarrolló la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra.

Igualmente, mediante Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, se desarrolló el Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra.

Por parte de la Dirección General de Interior se planteó la necesidad de modificar las Órdenes Forales 170/2016 y 173/2016.

La modificación de la Orden Foral 170/2016 Vínculo a legislación consiste en suprimir el actual Grupo de Protección y Atención Ciudadana Tudela, y crear una Brigada de Prevención y Atención Ciudadana en la Comisaría de Policía Foral en Tudela y dos Grupos Operativos quedando ambos adscritos a la nueva Brigada, derivado todo ello del dimensionamiento de plantilla y previsión de crecimiento a medio plazo.

Respecto a la Orden Foral 173/2016 Vínculo a legislación, se plantean dos modificaciones.

La primera, suprimir el Grupo de Protección de Autoridades y Grupo de Apoyo y Contravigilancias adscritos ambos a la Brigada de Protección de Autoridades del Área de Seguridad Ciudadana, pasando todos sus integrantes a depender directamente de la Brigada. Se justifica dicho cambio en la modificación sustancial en el horario de trabajo de los agentes adscritos a ambos Grupos tras la entrada en vigor del Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de jornadas y retribuciones de la Policía Foral de Navarra, ocasionando que las funciones de ambos grupos se solapen. Se considera asimismo que el actual contexto social conduce a la progresiva disminución del número de integrantes de la Brigada de Protección de Autoridades.

En segundo lugar, la modificación de la Orden Foral 173/2016 Vínculo a legislación, en lo relativo a la División de Prevención y Atención Ciudadana que actualmente se compone de cinco Grupos Operativos, y un Grupo de Custodia y Traslado de Detenidos. Se propone la supresión del Grupo de Custodia y Traslado de Detenidos procediendo a su vez a la creación del Grupo Operativo 6, asumiendo éste la plantilla del grupo que desaparece. Consecuentemente todas las funciones contenidas en el artículo 21 del Decreto Foral 72/206, de 21 de septiembre, regulador del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, serán ejercidas por los Grupos Operativos de la referida División.

Se justifica la medida de modificación en los problemas que se han manifestado tras la aplicación de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril Vínculo a legislación, por la que se modificó la Ley Foral 8/2007 Vínculo a legislación, de las Policías de Navarra, lo que ha obligado a diseñar diversas medidas de optimización en la Policía Foral de Navarra con la pretensión de paliar la escasez de recursos en las Comisarías de Altsasu/Alsasua y Elizondo, así como reforzar las plantillas de ciertas unidades.

El sistema de retribuciones establecido en la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo Vínculo a legislación, de las Policías de Navarra, tras la modificación realizada por la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril Vínculo a legislación, hizo necesario aprobar los nuevos complementos de puesto de trabajo que serían aplicables en la Policía Foral de Navarra a partir del 1 de noviembre de 2016.

En consecuencia y tras la realización del preceptivo Estudio de Puestos de Trabajo, se identificaron los grupos, en los que en función del empleo y a partir de la valoración en puntos se les asigna un porcentaje que sumado al mínimo establecido legalmente arroja el complemento total del puesto de trabajo, tal y como se recoge en el articulado y anexos del Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprobó el Reglamento de jornadas y retribuciones de la Policía Foral.

La Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las retribuciones de la Policía Foral de Navarra con efectos a partir del 1 de noviembre de 2016 incorporó en su anexo las puntuaciones y complementos de puesto de trabajo aplicables a cada unidad operativa de Policía Foral a partir del 1 de noviembre de 2016.

Como consecuencia de lo anterior, resulta necesario modificar la Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre, para que coincida con las modificaciones organizativas antedichas.

El Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su ejecución y desarrollo.

Asimismo, el artículo 12 de dicho decreto foral establece que la creación, modificación o supresión de las Áreas, Divisiones, Comisarías, Brigadas, Grupos y Oficinas de Atención Policial corresponderá a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, a propuesta del Director General de Interior. Continúa dicho artículo en su párrafo segundo determinando que “para la creación o supresión de Áreas, Divisiones, Comisarías, Brigadas, Grupos y Oficinas de Atención Policial, se atenderá a la necesidad de dar respuesta al agrupamiento de las funciones policiales de naturaleza homogénea, de superior dirección, de dirección táctica de ámbitos concretos de la actividad policial, de ejecución directa de las tareas policiales y la ejecución directa de las tareas especializadas, respectivamente, y se tendrá en cuenta el dimensionamiento, el interés, la importancia de la función, la compatibilidad y grado de especialización, el modelo de estructura que se pretenda aplicar y otras circunstancias de oportunidad, debidamente justificadas”.

En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, y vista la propuesta del Director General de Interior,

ORDENO:

Artículo 1. Modificación de la Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra.

Se modifica el artículo 15 que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 15. Comisaría de Tudela.

1. Para el correcto desarrollo de las funciones que le corresponden, la Comisaría de Tudela tendrá adscritos los siguientes grupos:

a) Grupo Judicial Tudela.

b) Grupo Oficina de Atención Policial Tudela.

c) Grupo Medio Ambiente Tudela.

2. La Comisaría de Tudela tendrá adscrita la Brigada de Prevención y Atención Ciudadana de Tudela, encargada de la ejecución directa de las funciones policiales de la División de Prevención y Atención Ciudadana en el ámbito territorial de la Comisaría.

Para el correcto desarrollo de las funciones que le corresponden, la Brigada de Prevención y Atención Ciudadana de Tudela tendrá adscritos los siguientes grupos:

a) Grupo Operativo 1 Tudela.

b) Grupo Operativo 2 Tudela.

3. Asimismo, la Comisaría de Tudela tendrá adscrita la Brigada de Tráfico de Tudela, encargada de la ejecución directa de las funciones policiales del Área de Tráfico y Seguridad Vial en el ámbito territorial de la Comisaría.

Para el correcto desarrollo de las funciones que le corresponden, la Brigada de Tráfico de Tudela tendrá adscritos los siguientes grupos:

a) Grupo de Seguridad Vial de Tudela.

b) Grupo de Atestados de Tudela.”

Artículo 2. Modificación de la Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra.

Uno.-Se modifica el artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 4. División de Prevención y Atención Ciudadana.

1. La División de Prevención y Atención Ciudadana tiene carácter central.

2. Para la ejecución de las funciones policiales que le atribuye el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral, la División de Prevención y Atención Ciudadana se estructura en las siguientes unidades organizativas:

a) El Grupo Operativo 1.

b) El Grupo Operativo 2.

c) El Grupo Operativo 3.

d) El Grupo Operativo 4.

e) El Grupo Operativo 5.

f) El Grupo Operativo 6.

3. Corresponde a los Grupos Operativos la ejecución de las funciones enumeradas en el artículo 21 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral.”

Dos.-Se modifica el artículo 5 Vínculo a legislación de la Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 5. Brigada de Protección de Autoridades.

La Brigada de Protección de Autoridades tiene carácter central, correspondiéndole la ejecución directa de las funciones policiales consistentes en proporcionar servicios de seguridad, escolta y protección de las autoridades que se le encomienden, así como cualesquiera otras funciones de análoga naturaleza que sean necesarias para la consecución de tales objetivos.

Igualmente corresponde a la Brigada de Protección de Autoridades la ejecución de las siguientes funciones policiales:

a) Proporcionar los servicios necesarios de protección y vigilancia que garanticen una seguridad integral del protegido en coordinación con el resto de unidades del Área.

b) Realizar servicios de contravigilancia, avanzadas, inspecciones y aquellos necesarios para garantizar la seguridad de los protegidos.

c) Colaborar con el resto de unidades del Área en aquellos dispositivos elaborados para garantizar la seguridad ciudadana.

d) El diseño de planes de seguridad que preventivamente garanticen la seguridad de las personas protegidas.

e) Cualesquiera otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.”

Artículo 3. Modificación de la Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las retribuciones de la Policía Foral de Navarra con efectos a partir del 1 de noviembre de 2016.

Se modifica el Anexo de la Orden Foral 185/2016, de 28 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, que en la parte correspondiente a la Comisaría de Tudela, a la Brigada de Protección de Autoridades y a la División de Prevención y Atención Ciudadana queda redactado del siguiente modo:

CUADROS OMITIDOS

Disposición derogatoria única.-Normas que se derogan.

Se derogan los artículos 6 Vínculo a legislación y 7 de la Orden Foral 173/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente orden foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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