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  • EDICIÓN DE 18/05/2016
 
 

Tras realizar unas oposiciones

El Supremo permite a un ingeniero eléctrico ocupar su plaza de ingeniero industrial

18/05/2016
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El Tribunal Supremo ha fallado a favor de un graduado en Ingeniería Eléctrica y le permite tomar posesión de su plaza de Ingeniero Industrial, tras haber aprobado las oposiciones de la rama de industrial de la Comunidad Foral de Navarra en 2013, una plaza que se le denegó al no estar titulado como Ingeniero industrial.

MADRID, 13 May. (EUROPA PRESS) -

Tras perder el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, éste fue elevado al Supremo, quién ha aplicado de "forma clara y evidente" el Estatuto Básico del Empleado Público y las directrices marcadas por el Espacio Europeo de Educación Superior, que reformó el sistema universitario, según celebran desde el Consejo General de los Colegios de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España.

"Queda en evidencia, por tanto, el que se requiera una titulación específica para ocupar un determinado puesto de trabajo en la Administración pública, dado que se requieren otras capacidades y competencias que son objeto de la oposición, y queda totalmente claro que la titulación de 'Graduado' es la única que se puede exigir para optar al 'Grupo A' (A1 o A2) de la Función Pública, siempre y cuando no haya una Ley que exija otra titulación diferente, para lo que deberá haber una justificación de la misma", añaden.

Según explican, hasta la fecha, las diferentes administraciones, en la mayoría de los casos, estaban optando por continuar con las denominaciones y titulaciones anteriores a Bolonia para la definición de la oferta de empleo público, con lo que se estaba marginando a los nuevos titulados de grado de las universidades a los que se les impedía por sistema optar al 'Grupo A1' de la Función Pública, en contra de lo que indica de forma clara y concisa el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público.

SÍ TIENE LAS COMPETENCIAS

En todo caso, subrayan que "ha quedado totalmente claro" que un Graduado en Ingeniería Eléctrica "tiene o puede tener los conocimientos y competencias que se exigen para ocupar la plaza de Ingeniero Industrial" ('Grupo A1'), por cuanto ha superado "con éxito" la fase de oposición, frente a otros titulados de Máster en Ingeniería Industrial o Ingenieros Industriales, "que viene a ser una prueba efectiva de que los graduados están totalmente capacitados para acceder a este cuerpo de la Administración".

En este sentido, recuerdan que el demandante, "tras un largo proceso", finalmente acudió al Tribunal Supremo, que terminó dándole la razón, condenando a la administración demandada a que, como consecuencia de su participación en el procedimiento selectivo litigioso y de la superación del mismo, efectúe el nombramiento funcionarial del demandante en iguales términos a como lo fueron, en cuanto a derechos administrativos y económicos, los otros aspirantes que también lo superaron.

Así, el presidente del Consejo General de Colegios de Graduados en Ingeniería de la rama industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de España (COGITI), José Antonio Galdón Ruiz, ha mostrado su satisfacción por esta sentencia.

A su juicio, "viene a hacer justicia" y corrobora, además, las tesis que desde la institución vienen defendiendo de forma enérgica durante los últimos años.

"Tienen que acabarse de forma definitiva las marginaciones que en base a la titulación se están realizando en las Administraciones Públicas, y realmente escoger a los profesionales más y mejor preparados, de entre los que dispongan la titulación académica necesaria, que según nuestra legislación y la europea, es la de Graduado", comenta Galdón.

Además, advierte de que queda "totalmente demostrado" que la experiencia y la formación continua son claves para la adquisición de conocimientos y competencias aplicables al desarrollo profesional.

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