Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/03/2016
 
 

TS

El TS confirma que la regasificadora de El Musel es "ilegal"

03/03/2016
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se declara que la regasificadora de El Musel se construyó "vulnerando la ley". El Tribunal ve "no conforme a derecho" la decisión administrativa de autorizar las instalaciones de regasificación.

OVIEDO, 2 (EUROPA PRESS)

El fallo, del 29 de febrero, ha sido remitido a los medios por Equo Asturies y reafirma que "no ha lugar" al recurso de casación interpuesto por Enagás y por la Administración General del Estado en julio de 2013 tras la primera sentencia.

La decisión judicial viene a dar la razón a Los Verdes de Asturias contra las resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas de 29 de diciembre de 2008 y de la Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio de 5 de Octubre de 2009 que desestima el recurso de alzada contra la anterior. La primera de las resoluciones concedió a Enagás la autorización administrativa previa para la construcción de una planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en el Puerto de El Musel.

Se basa en la vigencia y aplicabilidad del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), vigente en mayo de 2006, momento en que Enagás solicitó el permiso de construcción. Este reglamento se refiere a la distancia mínima de esta clase de instalaciones respecto de los núcleos de población y que no podría ser inferior a 2.000 metros. "Dicha distancia no se ha respetado", puesto que hay varios núcleos de población cercanos, como la zona de el Muselín.

El reglamento de RAMINP fue derogado por el Principado siete meses después, por lo que el Tribunal entiende que la ley autonómica "no es aplicable a los proyectos cuya autorización completa la administración General del estado". Además niega que el Principado "tenga competencia para derogar normativa medioambiental aprobada por el Estado".

Según Equo, esa regasificadora costó "más de 380 millones de euros" y aún en 2015 "se estuvieron dilapidando millones de euros" al conectarla con el gasoducto estatal, algo que, a su juicio, es "ilegal además de inútil". "Nunca ha estado en funcionamiento y no hay ninguna previsión de que así vaya a ser. Aún así, se ha mantenido una ficción para no reconocer ante la ciudadanía el gravísimo error cometido", han criticado.

Los Verdes de Asturias, integrados en Equo Asturies, han mostrado su "alegría" por que "por fin se haga justicia" y ha pedido a "todas las personas implicadas" asuman sus responsabilidades.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  6. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana