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TJUE

La justicia europea desestima el recurso del Barça para registrar la silueta del escudo como marca registrada

11/12/2015
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El Tribunal General de la UE ha desestimado el recurso presentado por el FC Barcelona en el que reivindicaba poder registrar la silueta de su escudo como una marca comunitaria para productos de papel, prendas de vestir y actividades deportivas, entre otros, al considerar que esta figura "no permite que los consumidores identifiquen el origen comercial de los productos y servicios objeto de la solicitud de registro".

BRUSELAS, 12 (EUROPA PRESS)

El club solicitó en abril de 2013 el registro como marca comunitaria de un signo figurativo consistente en la forma de su escudo a la Oficina de Armonización del Mercado de Interior (OAMI). Sin embargo, esta solicitud fue denegada puesto que la silueta no llamaba la atención del consumidor sobre el origen comercial de los productos y servicios, por lo que el FC Barcelona interpuso un recurso ante el Tribunal General.

Ante esto, la sentencia publicada este jueves confirma que ninguna de las características del signo referido contiene elementos llamativos que puedan atraer la atención del consumidor. Además, añade que el consumidor percibirá "más bien" la marca solicitada como una forma simple, "que no les permite distinguir los productos o servicios de su titular de los de otras empresas".

De la misma forma, el Tribunal General subraya que algunos escudos se emplean habitualmente en el tráfico mercantil con fines meramente ornamentales sin desempeñar una función de marca.

Por ello, el organismo estima que el signo solicitado carece del carácter distintivo que se exige en el reglamento sobre la marca comunitaria como registro, y añade que el FC Barcelona no ha logrado demostrar que el signo hubiera adquirido carácter distintivo para su uso.

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