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  • EDICIÓN DE 14/10/2015
 
 

CGPJ

El CGPJ aprueba el informe que avala la adscripción al Ministerio de Justicia de la Oficina de Recuperación de Activos

14/10/2015
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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este martes por unanimidad el informe al proyecto de Real Decreto por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORA), del que han sido ponentes los vocales Juan Manuel Fernández y Fernando Grande-Marlaska.

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El texto señala que la necesidad de la norma "es incuestionable", dado que la complejidad de los procedimientos actuales de embargo y decomiso del producto del delito "impiden dar a la recuperación y gestión de los activos procedentes o vinculados a las actividades delictivas la respuesta adecuada, siendo preciso contar con un órgano que, formado por especialistas de diferentes ámbitos y con una visión integral, se encargue de asistir a jueces y, en su caso, a fiscales en la materia objeto de su competencia".

La ORA tiene como objetivo la localización, recuperación, administración, conservación y realización de los bienes, efectos e instrumentos del delito o vinculados al mismo y la consecución de los fines inherentes a su embargo y decomiso dentro del proceso penal.

Según el proyecto de Real Decreto, la oficina depende orgánicamente del Ministerio de Justicia, pero funcionalmente actúa bajo la autoridad judicial. El CGPJ cree "un acierto" su adscripción a Justicia y no a otras Administraciones como el Ministerio del Interior, al considerar que "responde a criterios de racionalidad y eficiencia".

"El modelo elegido, una Oficina dependiente orgánicamente del Ministerio de Justicia y funcionalmente de jueces, tribunales y fiscales, resulta acorde a nuestro actual sistema legal y a los principios en torno a los cuales se articula la competencia para la instrucción de los procedimientos penales", dice el informe.

En cualquier caso, el texto aprobado por el Pleno señala que "se ha de insistir en la dependencia funcional de la Oficina respecto del órgano judicial, específicamente en la gestión -incluida la adjudicación del uso- y en la realización de los bienes y efectos provenientes o relacionados con el delito.

El informe también estima conveniente que la norma explicite que las competencias de la Oficina se proyectan sobre la prevención y lucha contra la delincuencia organizada, de modo que su ámbito de actuación quedara claramente definido "en evitación de que pueda desdibujarse la propia finalidad a la que sirve".

DELIMITAR LA ACTUACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL

Además, considera preciso delimitar la competencia y actuación del Ministerio Fiscal, ya que en el proyecto de Real Decreto se le atribuyen competencias en orden a la promoción de la actuación de la Oficina en sus distintas funciones (investigación, gestión y realización de los bienes) "que no se compadecen bien con las que ostenta dentro del actual proceso penal", en el que la dirección de las investigaciones sigue correspondiendo a los jueces.

El texto advierte de que la reserva de la dirección de la Oficina a un funcionario de la Administración General del Estado o de la Administración de Justicia "limita en gran medida el acceso a dicho cargo y, en una posible interpretación del precepto, podría dejar al margen a miembros de la Carrera Judicial"

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