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  • EDICIÓN DE 29/09/2015
 
 

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El TS recomienda al presidente de lo Contencioso destituido que exponga sus quejas al CGPJ

29/09/2015
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El enfrentamiento en la Sala Tercera -de lo Contencioso-Administrativo- del Tribunal Supremo tras la elección de Luis Díez-Picazo como presidente de este órgano en detrimento de José Manuel Sieira, que ocupaba este cargo hasta entonces, ha sumado otro episodio este lunes después de que la Sala de Gobierno del alto tribunal le haya recomendado acudir al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para recurrir en alzada las decisiones del primero con las que no esté de acuerdo.

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

La resolución se ha adoptado por unanimidad del órgano de gobierno del alto tribunal en respuesta al escrito que Sieira le remitió la semana pasada denunciando una "desviación de poder" dirigida a impedir que acceda a la presidencia de alguna de las secciones del alto tribunal. Este magistrado cuenta con el apoyo de parte del sector progresista en el CGPJ, que ha denunciado ante la ONU su no renovación.

Sieira --que ostentaba hasta el pasado 7 de septiembre la presidencia de la Sala Tercera en la que fue sustituido, tras una polémica selección, por Luis Díez-Picazo-- reclamaba la presidencia de la sección primera de la Sala Tercera. Se trata de una Sala clave porque es la designada para dirimir los recursos contencioso-administrativos que se interponen contra las decisiones del CGPJ y de su presidente, Carlos Les mes.

Frente a esta petición, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha apoyado de forma también unánime la decisión de adscribir a Sieira a la Sección Séptima de la Sala, presidida por un magistrado de más edad que él, que es Jorge Rodríguez-Zapata, desmiembro del Tribunal Constitucional.

En su escrito, Sieira denunciaba que se le había impedido acceder a la Sección Primera "sin motivación" remitiéndole a la sección séptima, la única junto a otra de la que forman parte los magistrados de mayor antigüedad que él, lo que evitaría que la presida.

"Las circunstancias descritas y la falta de motivación del acuerdo de la Presidencia determinan que éste deba entenderse como expresión de la voluntad de que el magistrado que suscribe no desempeñe presidencia de sección alguna (...) lo que podría incluso llevar a pensar que nos encontramos ante una auténtica desviación de poder", denunciaba.

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