Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/09/2015
 
 

Consellerias

21/09/2015
Compartir: 

Decreto 12/2015, de 16 de septiembre, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 7/2015, de 29 de junio, por el que determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat (DOCV de 18 de septiembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 12/2015, DE 16 DE SEPTIEMBRE, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 7/2015, DE 29 DE JUNIO, POR EL QUE DETERMINA LAS CONSELLERIAS EN QUE SE ORGANIZA LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT.

De conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 12.1.b Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, DECRETO Artículo único. Modificación de los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio.

Se modifican los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio, cuya nueva redacción se incluye como anexo.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Nueva redacción de los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio

1. El artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

“Se asignan a la Presidencia de la Generalitat las competencias en materia de asesoramiento al president y coordinación e impulso de la acción interdepartamental del Consell, relaciones con la Unión Europea, el Estado y otras comunidades autónomas, comunicación institucional de la Generalitat, promoción institucional, estudios de innovación, turismo, administración local y medios de comunicación social, así como las competencias en materia de relaciones con Les Corts, representación y defensa en juicio y asesoramiento en derecho a la Generalitat.

Asimismo, también se asignan a la Presidencia de la Generalitat las competencias en materia de interior, protección civil, gestión de la unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, así como las competencias en materia de extinción de incendios.”

2. El artículo 3 queda redactado como sigue:

“La Vicepresidencia contará con la Oficina de Apoyo a la Portavoz y la Oficina del Secretariado del Consell.

Se asignan a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas las competencias en materia de políticas de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con discapacidad, familia, mayores, menores, adopciones, juventud, mujer, igualdad, inmigración y voluntariado social.”

3. El artículo 4 queda redactado así:

“Se asignan a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico las competencias en materia de hacienda, modelo económico y financiación, sector público instrumental de la Generalitat, excepto sus organismos autónomos y los consorcios sanitarios adscritos a la misma, patrimonio, proyectos y fondos europeos, y tecnologías de la información y la comunicación de la administración.”

4. El artículo 10 queda redactado como sigue:

“Se asignan a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio las competencias en materia de vivienda, proyectos urbanos, obras públicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas y aeropuertos.”

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana