Diario del Derecho. Edición de 14/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/09/2015
 
 

Consellerias

21/09/2015
Compartir: 

Decreto 12/2015, de 16 de septiembre, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 7/2015, de 29 de junio, por el que determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat (DOCV de 18 de septiembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 12/2015, DE 16 DE SEPTIEMBRE, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 7/2015, DE 29 DE JUNIO, POR EL QUE DETERMINA LAS CONSELLERIAS EN QUE SE ORGANIZA LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT.

De conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 12.1.b Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, DECRETO Artículo único. Modificación de los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio.

Se modifican los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio, cuya nueva redacción se incluye como anexo.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Nueva redacción de los artículos 2, 3, 4, y 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 10/2015, de 6 de julio

1. El artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

“Se asignan a la Presidencia de la Generalitat las competencias en materia de asesoramiento al president y coordinación e impulso de la acción interdepartamental del Consell, relaciones con la Unión Europea, el Estado y otras comunidades autónomas, comunicación institucional de la Generalitat, promoción institucional, estudios de innovación, turismo, administración local y medios de comunicación social, así como las competencias en materia de relaciones con Les Corts, representación y defensa en juicio y asesoramiento en derecho a la Generalitat.

Asimismo, también se asignan a la Presidencia de la Generalitat las competencias en materia de interior, protección civil, gestión de la unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, así como las competencias en materia de extinción de incendios.”

2. El artículo 3 queda redactado como sigue:

“La Vicepresidencia contará con la Oficina de Apoyo a la Portavoz y la Oficina del Secretariado del Consell.

Se asignan a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas las competencias en materia de políticas de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con discapacidad, familia, mayores, menores, adopciones, juventud, mujer, igualdad, inmigración y voluntariado social.”

3. El artículo 4 queda redactado así:

“Se asignan a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico las competencias en materia de hacienda, modelo económico y financiación, sector público instrumental de la Generalitat, excepto sus organismos autónomos y los consorcios sanitarios adscritos a la misma, patrimonio, proyectos y fondos europeos, y tecnologías de la información y la comunicación de la administración.”

4. El artículo 10 queda redactado como sigue:

“Se asignan a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio las competencias en materia de vivienda, proyectos urbanos, obras públicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas y aeropuertos.”

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: En España gobierna el parlamentarismo negativo; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco
  2. Actualidad: Ábalos renuncia a su abogado por "diferencias irreconducibles" dos días antes de declarar ante el Supremo
  3. Tribunal Supremo: El TS examina si un resbalón y una caída, ocurrido al salir del domicilio para dirigirse al puesto de trabajo, constituye o no un accidente de trabajo in itinere
  4. Actualidad: La Comisión de Venecia ve riesgo de un nuevo bloqueo con el modelo del CGPJ y aconseja que si los jueces eligen no haya avales
  5. Tribunal Supremo: Las diligencias preliminares ante la jurisdicción civil para indagar la existencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil de la Administración no interrumpen la prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración
  6. Actualidad: Bolaños pide una "respuesta eficaz" de los sistemas judiciales en la UE al "acoso" de ultras a los políticos
  7. Actualidad: El Supremo contesta a la Fiscalía Europea que de momento no le consta que las obras del 'caso Koldo' afecten a fondos UE
  8. Tribunal Supremo: El TS absuelve a un conductor de un delito contra la seguridad vial al aplicar el redondeo hacia abajo del resultado de la segunda prueba de alcoholemia
  9. Actualidad: La Comisión de Venecia ve problemas de "politización externa e interna" en los modelos propuestos para elegir CGPJ
  10. Actualidad: El Supremo rechaza la petición de Cerdán de suspender las declaraciones de Ábalos y Koldo García del 15 y 16 de octubre

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana