DECRETO 9/2015, DE 30 DE JUNIO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE DETERMINA LAS SECRETARÍAS AUTONÓMICAS EN QUE SE ESTRUCTURA LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT Y LAS CONSELLERIAS
De conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 12.1.b de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell,
DECRETO
Artículo único
La Presidencia de la Generalitat, la Vicepresidencia del Consell y las consellerias dispondrán de los siguientes órganos superiores:
Presidencia de la Generalitat
- Gabinete del President.
- Secretaría Autonómica de Presidencia.
- Secretaría Autonómica de Comunicación.
- Agència Valenciana del Turisme.
Vicepresidencia, Portavoz del Consell y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
- Secretaría Autonómica de Servicios Sociales y Autonomía Personal.
- Secretaría Autonómica de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.
Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
- Secretaría Autonómica de Modelo Económico y Financiación.
- Secretaría Autonómica de Hacienda.
Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
- Secretaría Autonómica de Justicia, Reformas Democráticas y Libertades Públicas.
Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
- Secretaría Autonómica de Educación e Investigación.
- Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
- Secretaría Autonómica de Salud Publica y del Sistema Sanitario Público.
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
- Secretaría Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
- Secretaría Autonómica de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Secretaría Autonómica de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
- Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
- Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.
DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.