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  • EDICIÓN DE 09/06/2015
 
 

Comisión gallega para evaluación del manejo de la tuberculosis resistente a fármacos

09/06/2015
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Orden de 29 de mayo de 2015 por la que se modifica la Orden de 17 de diciembre de 2013 por la que se regulan la composición y el funcionamiento de la Comisión gallega para evaluación del manejo de la tuberculosis resistente a fármacos (DOG de 8 de junio de 2015). Texto completo. Texto completo.

ORDEN DE 29 DE MAYO DE 2015 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2013 POR LA QUE SE REGULAN LA COMPOSICIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN GALLEGA PARA EVALUACIÓN DEL MANEJO DE LA TUBERCULOSIS RESISTENTE A FÁRMACOS.

Mediante Orden de 17 de diciembre de 2013, de la Consellería de Sanidad, se reguló la composición y el funcionamiento de la Comisión gallega para evaluación del manejo de la tuberculosis resistente a fármacos como instrumento para asegurar que los casos de tuberculosis resistentes a fármacos sean controlados de manera altamente eficaz, con la finalidad de evitar que sean transmitidos a otras personas y garantizar el adecuado tratamiento de las personas enfermas.

Desde su creación, esta comisión revisó los casos de tuberculosis resistente diagnosticados en la Comunidad Autónoma. El posterior análisis de la información registrada muestra que las resistencias primarias a isoniacida, fármaco fundamental en la pauta de tratamiento de la tuberculosis, se dan en todas las áreas sanitarias aunque con porcentajes diferentes.

Para un mejor control de estos casos, es importante que en la composición de la comisión estén representadas todas las áreas, fundamentalmente aquellas con mayor nivel de resistencias. Sin embargo, con la composición actual algún área carecía de representantes, y con esta modificación en la composición de la orden se trata de posibilitar la representación de todas las áreas de Galicia, identificando lo más rápido posible los casos con resistencias y posibilitando que se pueda dar una respuesta satisfactoria a las necesidades que se presenten. Esta composición podrá ser modificada en función de las necesidades.

En consecuencia, de conformidad con las facultades que me confieren los artículos 34.6 Vínculo a legislación y 38 Vínculo a legislación de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 17 de diciembre de 2013 por la que se regulan la composición y el funcionamiento de la Comisión gallega para evaluación del manejo de la tuberculosis resistente a fármacos

El punto 4.º de la letra d) del apartado 1 del artículo 2 de la Orden de 17 de diciembre de 2013 por la que se regulan la composición y el funcionamiento de la Comisión gallega para evaluación del manejo de la tuberculosis resistente a fármacos queda redactado de la siguiente manera:

“Cuatro personas representantes del colectivo médico de las unidades de Prevención y Control de la Tuberculosis (UTB) de Galicia, propuestas por la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública, previa consulta con las personas responsables de dichas unidades”.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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