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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1795-2015

30/04/2015
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1795-2015, en relación con la disposición transitoria segunda, apartados 2 y 3, en relación con los artículos 22, 25 y 26, de la Ley de Aragón 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de las Policías Locales de Aragón, por posible vulneración de los artículos 137, 140 y 149.1.18 de la CE., y 51.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (BOE de 30 de abril de 2015). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1795-2015, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA, APARTADOS 2 Y 3, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 22, 25 Y 26, DE LA LEY DE ARAGÓN 8/2013, DE 12 DE SEPTIEMBRE, DE COORDINACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES DE ARAGÓN, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 137, 140 Y 149.1.18 DE LA CE., Y 51.2 DE LA LEY ORGÁNICA 2/1986, DE 13 DE MARZO, DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1795-2015 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Zaragoza, en el procedimiento abreviado núm. 253-2014, en relación con la Disposición transitoria segunda, apartados 2 y 3, en relación con los arts. 22 Vínculo a legislación, 25 Vínculo a legislación y 26 Vínculo a legislación, de la Ley de Aragón 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de las Policías Locales de Aragón, por posible vulneración de los arts. 137 Vínculo a legislación, 140 Vínculo a legislación y 149.1.18 Vínculo a legislación de la CE., y 51.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS), y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 253-2014, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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