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Subvenciones a las formaciones políticas

30/04/2015
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Resolución de 28/04/2015, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se fijan las cuantías de las subvenciones a las formaciones políticas establecidas en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, para las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha de 2015 (DOCM de 29 de abril de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28/04/2015, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE FIJAN LAS CUANTÍAS DE LAS SUBVENCIONES A LAS FORMACIONES POLÍTICAS ESTABLECIDAS EN LA LEY 5/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, ELECTORAL DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LAS ELECCIONES A CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA DE 2015.

Mediante Decreto 15/2015, de 30 de marzo, han sido convocadas por la Presidenta de la Junta de Comunidades las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha 2015.

La Ley 5/1986, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, Electoral de Castilla-La Mancha, establece, en su artículo 50, que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha subvencionará determinados gastos originados por las actividades electorales de los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, estableciendo dichas cuantías en pesetas constantes.

Por su parte, con fecha 31 de marzo de 2015 se ha publicado la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española, que ha entrado en vigor el día 1 de abril de 2015. En el apartado 3 de la disposición transitoria se dispone que “por lo que se refiere a los valores monetarios en cuya determinación interviene el sector público distintos a los referidos en los apartado anteriores, los regímenes de revisión periódica y predeterminada aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor del real decreto referido en el artículo 4 de la misma, si bien en las fórmulas las referencias a las variaciones de índice generales, tales como Índice de Precios de Consumo o el Índice de Precios Industriales, deberán sustituirse por el valor cero”.

De conformidad con lo anterior, las cuantías de las subvenciones por gastos electorales, establecidas en el artículo 50 Vínculo a legislación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, según la redacción dada por la Ley 8/1998, de 19 de noviembre, mantienen los mismos valores que los fijados para el proceso electoral a Cortes de Castilla-La Mancha de 2011 por resolución de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Coordinación y Administración Local, visto el informe favorable de la Consejería de Hacienda, he resuelto:

Primero: Para las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha de 24 de mayo de 2015, las cuantías de las subvenciones por gastos electorales establecidas en el artículo 50 Vínculo a legislación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, según la redacción dada por la Ley 8/1998, de 19 de noviembre, serán las siguientes:

a) Por escaño obtenido, doce mil ochocientos diez euros con cincuenta y siete céntimos (12.810,57 €).

b) Por voto conseguido en la circunscripción cada candidatura que haya obtenido al menos un escaño, sesenta céntimos de euro (0,60 €).

c) Envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral:

diecisiete céntimos de euro (0,17 €) por elector en cada una de las circunscripciones en las que hayan presentado candidatura, siempre que ésta haya obtenido, al menos, un escaño.

Segundo: Ordenar su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha para general conocimiento.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la persona titular de esta Consejería, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación.

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