Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/02/2015
 
 

Indra

Los jueces decanos defienden la compatibilidad de los pagos de Indra

25/02/2015
Compartir: 

Los jueces decanos de la Comunidad de Madrid han defendido este martes los pagos que reciben por parte de Indra a cambio de tareas de asesoramiento para mejorar sistemas informáticos por responder a una actividad "creativa" y compatible con sus cargos como jueces o magistrados.

MADRID, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

Así consta en un comunicado emitido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), donde se refiere a estas tareas de asesoramiento como la "confección de repertorios de "modelos procesales" para su incorporación a un sistema informático de gestión procesal judicial".

Entienden que es una "actividad creativa de naturaleza técnico-jurídica" que la Ley Orgánica del Poder Judicial -artículo 389.5- considera "expresamente compatible con el cargo de juez o magistrado de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas".

Así, recurren para defender su argumento al Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial -artículo 327.2- y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas -artículo 19 f.

Según esta normativa, se "exceptúan la actividad creativa de naturaleza técnico-jurídica, así como las publicaciones derivadas de aquélla, siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios, del régimen de autorización previa del CGPJ legalmente previsto para otro tipo de actividades que pueden compatibilizarse con el cargo de juez o magistrado, como son las de carácter docente".

En este sentido, han explicado que desde el año 2002 la Comunidad Autónoma de Madrid tiene transferidas las competencias sobre medios personales -médicos forenses, funcionarios judiciales, interpretes- y materiales -los edificios, su mantenimiento y seguridad, los sistemas informáticos- necesarios para la adecuada realización del servicio público de la Justicia que prestan los Juzgados y Tribunales radicados en su territorio.

IUSMADRID

En el ejercicio de estas competencias ha desarrollado un sistema informático de gestión procesal llamado IUSMADRID. En este punto, han señalado que para un "eficiente y eficaz funcionamiento" de este nuevo sistema de gestión procesal resulta "no solo conveniente sino absolutamente imprescindible una actividad colaborativa entre quienes tienen la competencia en dotar de medios materiales a los juzgados y tribunales y quienes, por razón del desempeño de actividades jurisdiccionales o directamente relacionadas con los juzgados y tribunales, ostentan la condición de personas expertas en el conocimiento y aplicación de las leyes sustantivas y procesales".

"No es conceptualmente imaginable que personas ajenas al mundo del derecho y extrañas a la Administración de Justicia posean los conocimientos técnico-jurídicos precisos para la elaboración de un completo, actualizado y sistemático repertorio de formularios o modelos de gestión procesal de la informática judicial", han destacado.

Los decanos explican que la colaboración en la creación y actualización de los repertorios o modelos de los sistemas informáticos de gestión procesal se remonta a los primeros momentos de su implantación, cuando se constituyó al efecto grupos de trabajo de jueces y magistrados con el Ministerio de Justicia y, una vez producido el proceso de traspaso de sus competencias, con las Comunidades Autónomas.

En el desarrollo de esta actividad, "laboriosa y ajena" al ejercicio de su función jurisdiccional, los jueces y magistrados, así como los secretarios judiciales, que han aportado sus conocimientos técnico-jurídicos en la elaboración de los repertorios de formularios y modelos con los que se han nutrido las herramientas informáticas de gestión procesal, no han desempeñado un "empleo, cargo o profesión" por cuenta del Ministerio de Justicia o de una Comunidad Autónoma, aseguran.

"Han realizado una actividad creativa de naturaleza técnico jurídica susceptible de ser retribuida como igualmente lo sería cualquier otro tipo de producción o creación literaria, artística, científica o técnica y las publicaciones derivadas de aquella", han insistido en este sentido.

El comunicado está firmado por los jueces decanos de Alcalá de Henares, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Colmenar Viejo, Coslada, Madrid, Móstoles, Navalcarnero, Pozuelo de Alarcón, San Lorenzo del Escorial, Torrelaguna, Torrejón de Ardoz, Valdemoro y Villalba.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  8. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  9. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  10. Actualidad: Jueces y fiscales apuestan por reformas legislativas y por perseguir el patrimonio de los narcotraficantes

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana