BARCELONA, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -
En la sentencia consultada por Europa Press y hecha pública este miércoles, el TS señala que "no cabe anticipar a este incidente la solución de fondo", pero ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 19 de julio.
El TSJC desestimó las cautelares argumentando que la normativa europea vela por evitar que se mantenga por la vía de los hechos consumados una decisión durante el tiempo que se tramita un litigio "en perjuicio de los contratistas injustamente desplazados".