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Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables "Cenifer"

09/02/2015
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Real Decreto 68/2015, de 6 de febrero, por el que se califica como Centro de Referencia Nacional al Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables "Cenifer", en el área profesional Energías Renovables y en el área profesional Eficiencia Energética de la familia profesional Energía y Agua, en el ámbito de la formación profesional (BOE de 7 de febrero de 2015). Texto completo.

REAL DECRETO 68/2015, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE CALIFICA COMO CENTRO DE REFERENCIA NACIONAL AL CENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL DE IMARCOAIN DE ENERGÍAS RENOVABLES "CENIFER", EN EL ÁREA PROFESIONAL ENERGÍAS RENOVABLES Y EN EL ÁREA PROFESIONAL EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA FAMILIA PROFESIONAL ENERGÍA Y AGUA, EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio Vínculo a legislación, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 11.7, establece que la programación y ejecución de las actuaciones de la red de centros de referencia nacional se llevará a cabo mediante Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las comunidades autónomas, ateniéndose en todo caso al ámbito de sus respectivas competencias.

El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regulan los centros de referencia nacional en el ámbito de la Formación Profesional, en su artículo 5.4, establece que la creación de los centros de referencia nacional o la calificación de los ya existentes, en el ámbito del Sistema Nacional de las Cualificaciones y la Formación Profesional, se realizará por Convenio de colaboración con la comunidad autónoma en la que vayan a estar o estén ubicados, previo informe del Consejo General de la Formación Profesional, y revestirá la forma de real decreto a propuesta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Ciencia, en la actualidad, de Empleo y Seguridad Social y de Educación, Cultura y Deporte.

Con fecha 16 de abril de 2014 se ha suscrito un Convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Foral de Navarra, para la calificación del centro de referencia nacional, al Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables “Cenifer”, en el área profesional Energías Renovables y en el área profesional Eficiencia Energética de la familia profesional Energía y Agua en el ámbito de la Formación Profesional.

Este real decreto se aprueba al amparo de lo establecido en el artículo 5.4 Vínculo a legislación del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los centros de referencia nacional en el ámbito de la Formación Profesional.

El Consejo General de la Formación Profesional ha emitido informe para la calificación de este centro.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2015,

DISPONGO:

Artículo 1. Calificación del centro de referencia nacional.

Se califica como centro de referencia nacional al Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables “Cenifer”, de acuerdo con lo establecido en el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Foral de Navarra para la calificación del centro de referencia nacional en el área profesional Energías Renovables y en el área profesional Eficiencia Energética de la familia profesional Energía y Agua, en el ámbito de la Formación Profesional, suscrito con fecha 16 de abril de 2014 y publicado por Resolución 24 de septiembre de 2014, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, en el “Boletín Oficial del Estado” de fecha 2 de octubre de 2014.

Artículo 2. Régimen jurídico de la calificación.

El régimen jurídico de la calificación como centro de referencia nacional de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables “Cenifer” será el establecido en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio Vínculo a legislación, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y en el Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regulan los centros de referencia nacional en el ámbito de la Formación Profesional, así como en el convenio mencionado.

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.

La calificación como centro de referencia nacional del Centro de Formación Profesional Ocupacional de Imarcoain de Energías Renovables “Cenifer” no implicará incremento de los medios personales, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.7.ª Vínculo a legislación y 30.ª Vínculo a legislación de la Constitución.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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