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Ampliación de medios patrimoniales de servicios traspasados

26/12/2014
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Real Decreto 1071/2014, de 19 de diciembre, de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios (BOE de 26 de diciembre de 2014). Texto completo.

REAL DECRETO 1071/2014, DE 19 DE DICIEMBRE, DE AMPLIACIÓN DE LOS MEDIOS PATRIMONIALES ADSCRITOS A LOS SERVICIOS TRASPASADOS A LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN POR DIVERSOS REALES DECRETOS DE TRASPASOS DE FUNCIONES Y SERVICIOS

La necesidad de racionalizar la distribución de edificios de uso administrativo y de una más adecuada ubicación de los servicios transferidos a la Comunidad de Castilla y León y de los que debe seguir gestionando la Administración General del Estado, ha aconsejado un estudio sobre redistribución de inmuebles entre ambas Administraciones. En su virtud han acordado una operación patrimonial, conveniente para el interés público, en orden a la transmisión recíproca de la titularidad de sendos bienes inmuebles ubicados en Salamanca y Valladolid. En relación con la Comunidad de Castilla y León supone la adquisición de forma parcial del dominio del edificio sito en Plaza de Madrid, n.º 5, Valladolid, propiedad del Estado.

Bajo el criterio de atribuir a cada Administración inmuebles en su totalidad, concentrando en los mismos las unidades y servicios de cada una de ellas, procede ahora completar la operación patrimonial anterior con el traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la restante superficie del inmueble reseñado.

Por otro lado, en diversos reales decretos que han aprobado acuerdos de traspaso de funciones y servicios en diferentes materias a la Comunidad de Castilla y León, se ha reconocido por la Administración del Estado una deuda de superficie a favor de la comunidad autónoma que se ha ido saldando a través de las correspondientes ampliaciones de aquellos traspasos.

En este momento, a través del traspaso de la superficie del bien inmueble especificada en la relación adjunta número 1, la Administración del Estado liquida parte de la deuda de superficie reconocida, mediante la ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios.

Finalmente la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Castilla y León y el Real Decreto 1956/1983, de 29 de junio, regulan el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias, así como la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios a la Comunidad de Castilla y León.

De conformidad con todo lo anterior, la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad de Castilla y León prevista en la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, adoptó, en su reunión del día 24 de noviembre de 2014, el Acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios, que eleva al Gobierno para su aprobación mediante real decreto.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de diciembre de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad de Castilla y León, adoptado por el Pleno en su reunión del día 24 de noviembre de 2014, por el que se amplían los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios.

Artículo 2.

En consecuencia, queda traspasada a la Comunidad de Castilla y León la cuota indivisa del 22,37 % del inmueble que figura en la relación adjunta al propio Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos que allí se especifican.

Artículo 3.

La ampliación de los medios patrimoniales adscritos a que se refiere este real decreto tendrá efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la mencionada Comisión Mixta.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dado en Madrid, el 19 de diciembre de 2014.

FELIPE R.

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,

CRISTÓBAL MONTORO ROMERO

ANEXO

Don Jorge García Carreño y doña Susana Perandones Peidro, Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Castilla y León,

CERTIFICAN

Que en el Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias celebrado el día 24 de noviembre de 2014, se adoptó un Acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios, en los términos que a continuación se expresan:

A) Antecedentes

La necesidad de racionalizar la distribución de edificios de uso administrativo y de una más adecuada ubicación de los servicios transferidos a la Comunidad de Castilla y León y de los que debe seguir gestionando la Administración General del Estado, ha aconsejado un estudio sobre redistribución de inmuebles entre ambas Administraciones. En su virtud han acordado una operación patrimonial, conveniente para el interés público, en orden a la transmisión recíproca de la titularidad de sendos bienes inmuebles ubicados en Salamanca y Valladolid. En relación con la Comunidad de Castilla y León supone la adquisición de forma parcial del dominio del edificio sito en Plaza de Madrid, n.º 5, Valladolid, propiedad del Estado.

Bajo el criterio de atribuir a cada Administración inmuebles en su totalidad, concentrando en los mismos las unidades y servicios de cada una de ellas, procede ahora completar la operación patrimonial anterior con el traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la restante superficie del inmueble reseñado.

Este traspaso determina además que la Administración General del Estado reduzca parte de la deuda de superficie reconocida a favor de la Comunidad Autónoma. Dicha deuda de superficie ha sido establecida por diversos reales decretos, que han aprobado acuerdos de traspaso de funciones y servicios en diferentes materias a la Comunidad de Castilla y León, y se ha ido saldando a través de las correspondientes ampliaciones de aquellos traspasos.

En este momento, a través del traspaso de la superficie del bien inmueble especificada en la relación adjunta número 1, la Administración del Estado liquida parte de la deuda de superficie reconocida, mediante la ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por el Real Decreto 3400/1983, de 23 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de acción territorial; el Real Decreto 3405/1983, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de medio ambiente; el Real Decreto 726/1984, de 8 de febrero, sobre valoración definitiva, ampliación de las funciones, servicios y medios y adaptación de lo transferido a la Comunidad de Castilla y León en materia de urbanismo; el Real Decreto 956/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de carreteras; y el Real Decreto 1022/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de abastecimientos, saneamientos, encauzamientos y defensa de márgenes de ríos.

En consecuencia, sobre la base de estas previsiones legales, procede completar los traspasos aprobados por los citados reales decretos, mediante la ampliación de los medios patrimoniales objeto de este Acuerdo.

B) Bienes, derechos y obligaciones que se amplían

1. Se amplían los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios, con el traspaso de una cuota indivisa del 22,37 % del inmueble que figura en la relación adjunta número 1, en los términos que en la misma se recogen. En consecuencia se reduce en 1.611,31 m2 la deuda de superficie.

2. En la relación adjunta número 2 se especifica la deuda de superficie pendiente de saldar.

3. En el supuesto de que fuera necesario introducir correcciones o rectificaciones en las relaciones anteriores, se llevarán a cabo, previa constatación por ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

C) Entrega de documentación y expedientes

La entrega de la documentación y expedientes del medio patrimonial adscrito que se amplía se realizará, en su caso, en el plazo de un mes desde la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo.

D) Fecha de efectividad de la ampliación de los medios patrimoniales adscritos

La ampliación de los medios patrimoniales adscritos objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de enero de 2015.

Y para que conste, se expide la presente certificación en Valladolid, a 24 de noviembre de 2014.-Los Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, Jorge García Carreño y Susana Perandones Peidro.

RELACIÓN NÚMERO 1

TABLA OMITIDA

RELACIÓN NÚMERO 2

TABLA OMITIDA

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