Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/06/2014
 
 

Justicia gratuita

El Gobierno acelera la aprobación de la ley de justicia gratuita para antes del verano

30/06/2014
Compartir: 

El Gobierno ha imprimido la máxima celeridad a la tramitación del proyecto de ley de justicia gratuita para que sea aprobado en el Congreso de los Diputados antes del verano. A la vuelta del otoño, estarán encima de la mesa numerosas reformas en materia de justicia, como el Código Penal, el aborto o la ley que elimina los 'jueces estrella'.

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Presidencia ha dirigido una comunicación, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que solicita a la Cámara Baja que celebre las sesiones extraordinarias de los órganos parlamentarios que sean necesarias para la tramitación y aprobación del proyecto de ley de asistencia jurídica gratuita.

La petición, con la firma del secretario de Estado de Relaciones con las Cortes José Luis Ayllón, hace referencia al proyecto de ley que fue aprobado el pasado febrero por el Consejo de Ministros.

Con todo, sus principales beneficios ya son efectivos puesto que el Gobierno aprobó hace un año un real decreto que modificó la polémica ley de tasas y anticipó la entrada en vigor de puntos esenciales de la justicia gratuita para que sus beneficiarios pudieran acogerse cuanto antes.

NUEVOS COLECTIVOS BENEFICIADOS

El proyecto de ley de Justicia Gratuita amplía este derecho a las asociaciones de víctimas de terrorismo, de consumidores y usuarios y de discapacitados cuando actúen en defensa de sus intereses. Aunque podrán seguir contando con sus abogados de confianza, si así lo desean, tendrán la oportunidad de disfrutar del resto de prestaciones del servicio.

Entre las novedades más significativas, el proyecto reconoce el derecho a tener justicia gratuita, con independencia de sus recursos económicos, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo o de trata de seres humanos, así como a los menores o discapacitados psíquicos que sufran maltrato o abuso o a quienes reclamen indemnizaciones por las secuelas de carácter permanente sufridas en un accidente.

Con independencia de sus recursos para litigar, el proyecto incluye como beneficiarios a las asociaciones anteriormente mencionadas, junto a la Cruz Roja, a sindicatos y a representantes de los trabajadores y a las entidades gestoras de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo cuando actúen en defensa de sus intereses.

De igual modo, el proyecto eleva el umbral para que puedan acogerse a esta prestación las asociaciones de utilidad pública y las fundaciones. A partir de ahora tendrán derecho si sus beneficios anuales son inferiores a cinco veces el IPREM (31.950), mientras que antes para poder acceder tenían que tenerlos de menos de tres veces (19.170).

El umbral para contar con justicia gratuita pasa de 14.910,28 euros al año hasta los 2,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que supone 15.975,33 euros al año, y hasta a tres veces cuando los miembros de la unidad familiar son cuatro (19.170,39). Cuando el solicitante no forme parte de una unidad familiar el umbral se sitúa en dos veces el IPREM.

Ante determinadas circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad, el límite asciende de cuatro veces el SMI (29.821 euros) a cinco veces el IPREM (31.950,65).

Además, se permite la posibilidad de que los beneficiarios elijan qué prestaciones desean obtener. Entre ellas, se encuentra la exención de las tasas, abogado, procurador, asistencia pericial, información sobre mediación, inserción gratuita de anuncios o edictos, obtención gratuita de copias, y reducción del 80% de los derechos arancelarios.

Por primera vez, la ley recoge expresamente a los imputados y a los reclamados por euroórdenes, ya que hasta ahora la norma sólo mencionaba a los presos y detenidos como posibles beneficiarios de la justicia gratuita si sus ingresos eran inferiores a los umbrales establecidos.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana