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Plan de Inspección del juego y apuestas

26/05/2014
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Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Dirección General de Financiación, Tributos y Juego, por la que se aprueba el Plan de Inspección del juego y apuestas, para el período 2014-2016 (BOJA de 23 de mayo de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE MAYO DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN, TRIBUTOS Y JUEGO, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE INSPECCIÓN DEL JUEGO Y APUESTAS, PARA EL PERÍODO 2014-2016.

La Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, viene ejerciendo las competencias de inspección y control en materia de juego y apuestas, de conformidad con el ámbito de actuación que le viene atribuido en la Ley 2/1986, de 19 de abril Vínculo a legislación, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.3 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Para coordinar y planificar estos objetivos de inspección y control en materia de juego y apuestas, la Dirección General de Financiación, Tributos y Juego considera necesario la aprobación con periodicidad trienal de un Plan de Inspección, el cual constituye un instrumento altamente eficaz y adecuado para conseguir un buen conocimiento sobre el nivel de cumplimiento y observancia de las condiciones y requisitos que, dependiendo de cada subsector de esta actividad económica, le son aplicables por las disposiciones legales a tal efecto establecidas así como para la persecución y erradicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la organización y práctica del posible juego clandestino.

Estos Planes de Inspección contienen los objetivos generales perseguidos durante el periodo de su vigencia, fijando las principales actuaciones y elementos a comprobar en los mismos de acuerdo con los protocolos e instrucciones de aplicación que se establezcan y los criterios de evaluación y seguimiento del mismo.

Los resultados obtenidos mediante la ejecución de anteriores planes de inspección muestran la necesidad, conveniencia y eficacia de establecer, de una forma permanente y sistemática, actuaciones de control administrativo que garanticen el cumplimiento de la legalidad vigente sin menoscabo de la labor correctora y sancionadora respecto de las prácticas ilegales o clandestinas en las actividades de juego y apuestas, así como, para cada caso, el correspondiente restablecimiento y mantenimiento de la legalidad mediante la adopción de las oportunas medidas de policía de carácter general o particular en función de cada situación de hecho.

El Plan cumple también una función esencial en la colaboración con los órganos tributarios y de recaudación de la Junta de Andalucía asegurando a través de actuaciones inspectoras dirigidas al control de los juegos el cumplimiento de las obligaciones fiscales que dimanan del ejercicio de las actividades económicas en esta materia. Igualmente, mediante las actuaciones dirigidas a la persecución y erradicación del juego y de las apuestas ilegales o clandestinas se pretende asegurar en el ámbito de esta Comunidad Autónoma la ausencia de parcelas de elusión reglamentaria y fiscal en esta materia.

Estudiadas las necesidades que resultan prioritarias por las denuncias recibidas, vistas las observaciones y consideraciones formuladas por las Delegaciones del Gobierno y de acuerdo con las competencias que me vienen atribuidas en el artículo 11.3 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Aprobar para el período 2014/2016 el Plan de Inspección en materia de juego y apuestas así como la campaña de vigilancia inspectora y policial sobre la legalidad en el desarrollo de esas actividades económicas, de conformidad con los objetivos previstos y el programa de actuaciones que se relaciona en el Anexo a esta Resolución.

Segundo. El Plan de Inspección se desarrollará en todo el territorio de la Comunidad Autónoma y afectará a los juegos, apuestas y establecimientos en los que se desarrollen, que para cada programa determine esta Dirección General en coordinación con la Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada Provincia y de conformidad con el alcance y criterios que a tal efecto se especifican en el Anexo a esta Resolución.

Tercero. La ejecución material de las funciones de inspección y de vigilancia policial se realizarán por los miembros de la Inspección de Juegos, funcionarios técnicos habilitados, y por los miembros de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la Comunidad Autónoma. Así mismo, la Administración podrá contar con la asistencia técnica de los laboratorios autorizados y especializados en el control de elementos de juego y apuestas.

Cuarto. Los titulares y responsables de establecimientos y actividades sujetas a inspección y control, están obligados a permitir el acceso a las instalaciones a los técnicos de las entidades colaboradoras cuando actúen debidamente acreditados por la Administración competente para dichas inspecciones.

Quinto. De la presente resolución se dará traslado a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía para la coordinación ejecución, y seguimiento de cada uno de los programas en su provincia bajo la máxima autoridad de sus personas titulares, así como de la persona titular de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil para que el Comisario Jefe de la Unidad de Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma adopte cuantas medidas considere necesarias en orden a garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos.

Séptimo. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Anexos

Omitidos.

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