MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
Los secretarios judiciales garantizarán que las próximas elecciones al Parlamento Europeo se desarrollen de un modo "transparente y objetivo". Entre otras misiones, tienen la función de apoderar y otorgar la oportuna credencial a los representantes políticos que deseen supervisar el escrutinio o la de colaborar en la distribución del espacio público para colocar los carteles electorales.
La Unión Progresista de Secretarios Judiciales (UPSJ) ha destacado en un comunicado las "trascendentes" obligaciones que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General encomienda a los secretarios, miembros de las Juntas Electorales encargadas de realizar los trabajos preparatorios para que el día de los comicios sea un éxito.
Según ha explicado, los secretarios de las Juntas Electorales constituyen un cargo inamovible que recae sobre el Secretario Judicial del juzgado decano de cada partido judicial y en el Secretario Judicial más antiguo de la Audiencia Provincial.
Entre otras funciones, el fedatario público designa y organiza al personal colaborador de estas Juntas Electorales para que resuelvan con celeridad todas las incidencias surgidas, entre ellas las excusas que plantean los ciudadanos elegidos para ser presidentes y vocales de las mesas electorales.
CUSTODIA DE LA DOCUMENTACIÓN
Además, custodian la documentación electoral, convocan las sesiones constitutivas de las Juntas, participan en sus deliberaciones y sustituyen al presidente cuando éste no actúe por causa justificada.
Asimismo, publican las distintas candidaturas y manejan información "delicada" puesto que son quienes entregan copia del censo electoral a los representantes de las candidaturas y colaboran en la distribución de los lugares públicos para la colocación gratuita de carteles, pancartas y banderolas de las formaciones durante la campaña electoral.
Los secretarios judiciales tienen la facultad de apoderar y otorgar la credencial a los distintos representantes de los partidos políticos. "Éstos tienen el derecho de acceder libremente a los locales electorales, examinan el desarrollo de las operaciones de voto y de escrutinio, así como formular reclamaciones y protestas", añade la asociación.
Por último, finalizada la votación y el escrutinio, los secretarios "reciben la documentación electoral de los colegios dentro de su demarcación territorial en aras a que, dentro del tercer día siguiente al de la votación, se practique el escrutinio general".