MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -
En un auto hecho público este lunes, el Pleno de la Sala de lo Penal acuerda rechazar la solicitud del etarra para que se le aplicara el doble cómputo de la prisión preventiva a la fecha de licenciamiento definitivo, que en aplicación de la sentencia europea sobre Inés del Río se adelantó del 10 de abril de 2020 al 7 de octubre de 2015.
La doctrina del doble cómputo, fijada por el Tribunal Constitucional en 2008, establece que el tiempo que un recluso permanece en prisión provisional debe descontársele, a efectos de cómputo de la pena, de cada una de las condenas firmes que estuviera cumpliendo.
NUEVA SENTENCIA DEL TC
El Pleno, que adoptó esta decisión en su reunión del 11 de abril pasado, rechaza la pretensión del etarra, que estuvo en prisión preventiva entre el 4 de mayo de 1992 y el 22 de septiembre de 1997, alegando que el máximo de cumplimiento efectivo de 30 años "no es una pena refundida", por lo que el doble cómputo debe efectuarse "sobre cada una de las penas" que se le impusieron.
A juicio de los magistrados de la Sala, la jurisprudencia del TC y el Supremo "en modo alguno" establecen que "el tiempo que el condenado haya compatibilizado la situación de penado y preventivo en las diversas causas objeto de acumulación deba abonarse sobre el límite del cumplimiento de 30 años de forma duplicada".
El auto también cita una sentencia del Constitucional del pasado 27 de febrero de la que fue ponente Enrique López que sostiene que, en caso de tener que descontarse la prisión preventiva al máximo de cumplimiento, basta con que se abone "una única vez".
La resolución del Pleno de la Audiencia Nacional cuenta con el voto particular de los magistrados Antonio Díaz Delgado y José Ricardo de Prada, que defienden que debería haberse efectuado una nueva liquidación de condena en la que se descontara el tiempo que cumplió el etarra en prisión preventiva del máximo de 30 años, lo que habría acarreado su puesta en libertad. Los dos jueces aseguran que la decisión supone "una aplicación debilitada del principio de legalidad".
HISTORIAL SANGUINARIO
Del Olmo fue miembro en los años ochenta del 'comando Vizcaya' de ETA. Está condenado a más de 800 años de prisión por nueve asesinatos, seis asesinatos frustrados, tenencia ilícita de armas e integración en organización terrorista. Cumple condena en la prisión almeriense de El Acebuche tras ser detenido en 1991 junto a la también etarra Inmaculada Pacho Martín.
Ambos fueron condenados, entre otras causas, por su participación en el triple asesinato cometido el 24 de mayo de 1989 en Bilbao, mediante la colocación de un coche-bomba, en el que murieron los policías nacionales José María Sánchez García y Manuel Jódar y el ertzaina Luis Hortelano.