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Consellerías

06/05/2014
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Decreto 6/2014, de 2 de mayo, del president de la Generalitat, por el que modifica el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat (DOCV de 5 de mayo de 2014). Texto completo.

DECRETO 6/2014, DE 2 DE MAYO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE MODIFICA EL DECRETO 19/2012, DE 7 DE DICIEMBRE Vínculo a legislación, POR EL QUE SE DETERMINAN LAS CONSELLERÍAS EN QUE SE ORGANIZA LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT.

PREÁMBULO

De acuerdo con las competencias que me atribuye el artículo 12.1.b Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, DECRETO

Artículo único. Modificación del artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat

Se modifica el artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat, cuya redacción se inserta en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Nueva redacción del artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat

“Artículo 5. Consellería de Hacienda y Administración Pública

1. Se asignan a la Consellería de Hacienda y Administración Pública las competencias en materia de hacienda, sector público empresarial y fundacional de la Generalitat y consorcios no sanitarios adscritos a la Generalitat, función pública y tecnologías de la información y comunicación de la Administración.

2. Esta consellería queda estructurada en los siguientes órganos superiores:

a) Secretaría Autonómica de Hacienda y Presupuestos.

b) Secretaría Autonómica de Administración Pública”.

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