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En la realización de unas obras en La Vall d'Uixó (Castellón)

La Audiencia Provincial de Castellón revoca el sobreseimiento de la causa en la que estaba imputado el senador Aparisi por presunta prevaricación

30/04/2014
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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha dejado sin efecto el sobreseimiento de la causa en la que estaba imputado, entre otros, el actual senador del PP Vicent Aparici por un presunto delito de prevaricación en la realización de unas obras en La Vall d'Uixó (Castellón), cuando fue alcalde del municipio, cargo que ostentó entre 1995 y 2003, y antes de ser representante de la Cámara Alta.

CASTELLÓN, 29 (EUROPA PRESS)

La Sala estima así parcialmente un recurso de apelación interpuesto por dos particulares contra un auto del juzgado de instrucción número 4 de Nules y deja sin efecto el sobreseimiento de la causa acordado, excepto para la actual consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente y ex alcaldesa de La Vall d'Uixó, Isabel Bonig, y el actual primer edil del municipio, Óscar Clavell, que se mantiene.

La Audiencia, en su auto, ordena que siga la causa contra el resto de implicados y se complete con una serie de diligencias. El auto apelado resume que en Monte Zamora, en zona calificada como suelo urbanizable no programado desde 1995 en el PGOU, diversos propietarios edificaron viviendas ilegales, sin que, a pesar de las "quejas" de los querellantes, el Ayuntamiento haya agotado la vía administrativa que iniciaba, pues no daban lugar a la demolición de lo construido a fin de restablecer la legalidad urbanística.

La Audiencia considera que no puede compartirse la motivación del sobreseimiento "visto el contenido de la querella y hecha comprobación del soporte documental que confieren indicios de realidad a los hechos narrados, en nada desvirtuados por las declaraciones de cada uno de los imputados que han tratado de esconder su personal responsabilidad en la suerte y contenido de los manifiestamente ineficaces expedientes sancionadores incoados por las evidentes ilegalidades en materia de urbanismo que los edificadores cometían".

El auto de la Audiencia señala que ante una vulneración urbanística, la reacción "no sólo natural y derivada del sentido común, sino la exigida legalmente a la autoridad urbanística, más allá de la apertura de un expediente sancionador incoado con dudosa disposición o con cierta aparente desgana y con nula eficacia, era la restauración, máxime cuando la obra nunca podía ser legalizable.

Al respecto, añade que el "mirar para otro lado" incoando forzadamente expedientes sabidamente ineficaces --por no ser de restauración-- para el fin de la norma reclama el calificativo de "arbitrariedad manifiesta, sin posibilidad de excusa ante las denuncias de lo que en el Monte Zamora estaba ocurriendo".

Según la Audiencia, "a unos ediles con competencias urbanísticas, con denuncias encima de la mesa, posiblemente molestas pero muy explícitas y cargadas de razón de los vecinos, y con técnicos que asesoraban en materia urbanística no podía pasarles desapercibido ni la ilegalidad cometida ni su paciente condescendencia".

Vicent Aparici, según el auto, en sus declaraciones aseguró no recordar nada de expedientes de paralización de obras y sanciones, y que ello correspondía a la Concejalía correspondiente. Asimismo, dijo desconocer los PGOU del municipio, y aludió a las competencias delegadas en la materia, aunque sí intervino en algunos compromisos o pactos con los infractores.

Además, dijo que "todo era cosa de los técnicos", y sostuvo básicamente que "él firmaba donde le decían porque confiaba en ellos y en sus informes pese a que no los comprobaba".

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