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Anula el auto de la juez por "falta de motivación"

La Audiencia de Sevilla levanta el bloqueo de cuentas bancarias de la mujer de Lanzas ordenado por la juez Alaya

10/04/2014
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha anulado el auto por el que la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía ordenaba el bloqueo de cuentas bancarias de Patrocinio Sierra, mujer del 'conseguidor' de los ERE y exsindicalista de UGT Juan Lanzas, ya que la resolución "hubiese exigido de un mayor nivel de concreción" a fin de "evitar que una indiscriminada orden de dicha naturaleza motivara que terceros no imputados pudieran verse afectados".

SEVILLA, 9 (EUROPA PRESS)

En un auto notificado este miércoles a las partes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial anula de este modo el auto dictado por la juez Mercedes Alaya el dos de abril de 2013 en el que se acordaba el bloqueo de una serie de productos bancarios y financieros pertenecientes a varios imputados, entre ellos la propia Patrocinio Sierra.

La defensa de Patrocinio Sierra recurrió la resolución y pidió que se anulara al entender que "adolece de graves vicios formales que la hacen nula", pues la medida cautelar adoptada "lo ha sido sin previa petición de parte, a lo que se suma que "carece de una mínima motivación que la justifique, hasta el punto de que no identifica siquiera nominalmente a las personas por ella afectadas ni individualiza cuentas", y que "ha conllevado que se hayan visto afectadas terceras personas no imputadas".

La Audiencia recuerda que el auto ya fue recurrido por el propio Lanzas y por su cuñado, Ismael Sierra, "con argumentos idénticos" a los esgrimidos por la imputada, y de hecho la Audiencia estimó esos recursos y levantó el bloqueo de una veintena de cuentas de ambos imputados, aunque posteriormente la juez volvió a dictar el bloqueo de las cuentas en un auto en el que subsanó el "déficit de motivación" señalado por la Audiencia.

En el caso de Lanzas y su cuñado, "resulta evidente que la resolución apelada adolecía de un déficit de motivación que conllevaba su nulidad, sin que el estado secreto de las actuaciones --en ese momento-- justificara la parquedad de su contenido ni que pudiera dicho déficit subsanarse por el hecho de que, con posterioridad, se hubiera convocado una vista sobre dichas medidas".

En el caso de Patrocinio Sierra, asevera que, "sin necesidad de una fundamentación profusa o extensa, la resolución recurrida hubiera exigido de un mayor nivel de concreción al momento de identificar personas afectadas por la decisión y productos que debían de ser objetos de bloqueo siquiera fuese para evitar que una indiscriminada orden de dicha naturaleza motivara que terceros no imputados pudieran verse afectados --en relación a posible cotitulares afectados en alguna de las cuentas o productos--", dice la Audiencia.

No obstante, y a pesar de que anula la resolución de Alaya en lo que afecta a Patrocinio Sierra, no ve "defecto o irregularidad por el hecho" de que la juez hubiera tomado dicha decisión sin previa petición de ninguna acusación, y también rechaza que haya habido "trato discriminatorio" respecto a otros imputados en la causa.

La Audiencia indica que, en este caso, "no es tanto el hecho de la adopción de la medida, sino la forma en que se ha verificado, lo que motiva la decisión de anulación", por lo que estima el recurso presentado por la defensa de Patrocinio Sierra.

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