DECRETO 193/2012, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 205/2011, DE 5 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN.
Habiéndose establecido la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura mediante Decreto 205/2011, de 5 de agosto , se considera oportuna su modificación con el fin de coordinar el proceso de constitución y puesta en marcha del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), creado por la Ley 10/2010, de 16 de noviembre
, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.
Y para ello se atribuyen las funciones propias de la Dirección General de Modernización e Innovación Tecnológica a la actual Secretaría General de Empleo y Actividad Empresarial, que pasará a denominarse Secretaría General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su reunión del día 28 de septiembre de 2012, DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 205/2011, de 5 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación.
El artículo 3 del Decreto 205/2011, de 5 de agosto, queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 3. Secretaría General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica.
1. El Secretario General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica, bajo la superior dirección del titular de la Consejería, coordinará las acciones de todas las Direcciones Generales de la Consejería y del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo.
2. Asimismo el Secretario General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica ejercerá las funciones que el Decreto 26/2009, de 27 de febrero , por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), atribuye a la Dirección Gerencia del SEXPE y las que el artículo 8 del presente Decreto atribuye a la Dirección General de Modernización e Innovación Tecnológica.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.