Diario del Derecho. Edición de 09/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/09/2012
 
 

Convocatoria de oposiciones a profesores en Andalucía

El Tribunal Constitucional mantiene la suspensión de la convocatoria de oposiciones a profesores en Andalucía

18/09/2012
Compartir: 

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión de la convocatoria de oposiciones realizada por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía el pasado mes de febrero y en la que se ofertaban 2.389 plazas para cuerpos docentes de enseñanza no universitaria.

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

En un auto, fechado el pasado jueves, el Constitucional mantiene así la suspensión de la norma que decidió el pasado 22 de mayo al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno contra la convocatoria andaluza.

El TC cumple así con el plazo "no superior a cinco meses" con el que contaba para ratificar o levantar la suspensión de la norma, desde la fecha de interposición del recurso por parte del Ejecutivo, que se formalizó el 23 de abril.

En el acuerdo adoptado en mayo, el TC decidía "admitir a trámite" el recurso y, con ello, la suspensión de la orden por la que se convocaban las oposiciones. Ahora, escuchada a la letrada de la Junta de Andalucía y al Abogado del Estado decide mantener la suspensión respaldando lo defendido por éste último en cuanto a que si se desarrollaran las pruebas selectivas para cubrir las plazas y los que las obtuviesen tuvieran acceso a ellas, los perjuicios que se causarían si finalmente la convocatoria fuera inconstitucional serían "notables" y de "difícil reparación".

Asimismo, el alto tribunal justifica su decisión de mantener la suspensión en que, de lo contrario, se "podría poner en peligro" la eficiencia del Real Decreto sobre recortes presupuestarios que se aprobó el 30 de diciembre para la corrección del déficit público y que entre otras medidas estipula la congelación de la oferta de empleo público, con ciertas modulaciones para el personal docente.

Así las cosas, el Constitucional atiende al argumento realizado por la Abogacía del Estado sobre que la convocatoria andaluza "desborda" las limitaciones fijadas por ese Decreto y supone un "obvio incremento del gasto público" y mantiene la suspensión basándose también en "la necesidad de preservar la contención del gasto público en el actual contexto económico y financiero de reducción del déficit público".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  2. Estudios y Comentarios: Apagón, pero sin que el Estado asuma la factura, salvo sorpresa; por Luis Miguez Macho, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
  3. Actualidad: La AN condena a los líderes de Gürtel y al exalcalde de Arganda por las adjudicaciones irregulares en la localidad
  4. Actualidad: El Supremo se opone a dar un segundo indulto a Junqueras para perdonar la pena de inhabilitación del 'procés'
  5. Estudios y Comentarios: Una política eléctrica condicionada por objetivos no energéticos; por José Carlos Laguna de Paz, Catedrático de Derecho Administrativo
  6. Actualidad: El TS inadmite el recurso de Audenasa contra la sentencia del TSJN que desestimó la demanda de compensación de 53 millones
  7. Tribunal Supremo: Están sujetas al IVA las obras de construcción de infraestructuras hidráulicas, ejecutadas por una comunidad de regantes y destinadas a la distribución de aguas para riego
  8. Tribunal Supremo: La movilidad geográfica decidida por la empresa no es una de las causas de extinción del contrato de trabajo contenidas en el art. 207.1 d) de la LGSS, en la redacción anterior a la Ley 21/2021, para poder acceder a la jubilación anticipada
  9. Legislación: Estructura orgánica básica de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias
  10. Tribunal Supremo: El trabajador indefinido no fijo al que se le extingue el contrato por cobertura reglamentaria de la plaza que venía ocupando y es nuevamente contratado, tiene acción para reclamar y derecho a percibir la indemnización propia del despido objetivo

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana