Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/09/2012
 
 

CGPJ

Asociaciones de jueces ven bien que Dívar renuncie a su indemnización y piden que se supriman este tipo de retribuciones

04/09/2012
Compartir: 

Las asociaciones de jueces han celebrado que el expresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Carlos Dívar haya renunciado a su indemnización de 208.243 euros que le correspondían en su condición de exalto cargo del Estado. No obstante, han pedido que se suprima este tipo de retribuciones o que, en su defecto, se regulen las cantidades y otros aspectos como que no puedan percibirse en caso de que se haya producido un abandono voluntario del cargo.

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, José Luis González Armengol, ha defendido que las retribuciones como las que tenía derecho a percibir Carlos Dívar deberían suprimirse en una situación de crisis económica como la actual. "Es poco comprensible por la sociedad ese trato privilegiado con cantidades desproporcionadas", ha justificado.

González Armengol ha señalado que existían "bastantes dudas jurídicas de si era admisible" que el expresidente del CGPJ podía recibir una pensión que está prevista para los exaltos cargos cuando, en el caso concreto de Dívar, que dimitió de su cargo el pasado 21 de junio tras conocerse que había cargado a este órgano parte del coste de varios viajes de fin de semana, "no había agotado su mandato".

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Pablo Llerena, ha apuntado igualmente que es positivo el "gesto" de Carlos Dívar al renunciar a su indemnización, pero ha defendido que, contrariamente de lo que ocurre ahora, los altos cargos deben tener un único sueldo "coherente" en función de su desempeño, y que el ingreso del mismo debe terminar "una vez que se desvincule de su trabajo".

"Si la opción política es mantener estos sobresueldos", ha añadido Llerena, "somos partidarios de que se regulen y que en modo alguno sea recibido por personas que voluntariamente han dejado su cargo".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana