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Becas de colaboración de formación práctica para titulados universitarios

02/08/2012
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Orden de 26 de julio de 2012, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se deja sin efecto la Orden de 15 de mayo de 2012 de modificación parcial de la Orden de 22 de diciembre de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de colaboración de formación práctica para titulados universitarios en la Dirección General de Universidades y Política Científica para el año 2012 (BORM de 1 de agosto de 2012). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE JULIO DE 2012, DE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, EMPRESA E INVESTIGACIÓN, POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LA ORDEN DE 15 DE MAYO DE 2012 DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ORDEN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2011, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN BECAS DE COLABORACIÓN DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA TITULADOS UNIVERSITARIOS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES Y POLÍTICA CIENTÍFICA PARA EL AÑO 2012.

Mediante Orden de 22 de diciembre de 2011, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron Becas de colaboración de formación práctica para titulados universitarios en la Dirección General de Universidades y Política Científica para el año 2012.

La citada Orden establecía en el artículo 3 Vínculo a legislación en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, un importe máximo de 6.000 euros para hacer frente a la cotización a la Seguridad Social con cargo al Capítulo IV, aplicación presupuestaria 16.02.00.421B.483.51, Proyecto 10948, Objetivo 06, Actividad B).

De acuerdo con el criterio interpretativo de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios que establece que, para dar el alta y cotización de aquellas personas que pudieran estar incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1.493/2011, de 24 de octubre, era necesario el cumplimiento de dos requisitos: que se contemplen actividades lectivas y que comporte prácticas formativas, de acuerdo con ello no cumpliendo las presente becas el primero de los requisitos indicados, resulta necesaria la modificación de la Orden de 22 de diciembre de 2011.

Con fecha 19 de mayo de 2012, se publicó la Orden de 15 de mayo Vínculo a legislación de 2012, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, de modificación parcial de la Orden de 22 de diciembre de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocaron Becas de colaboración de formación práctica para titulados universitarios en la Dirección General de Universidades y Política Científica para el año 2012.

Sin embargo, la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios al conocer un reciente informe de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la T.G.S.S., en contestación a diferentes consultas planteadas por Direcciones Provinciales y Organismos públicos a lo largo de los últimos meses, en relación con la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre Vínculo a legislación y Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre Vínculo a legislación, ha reconsiderado la decisión adoptada determinando que a la convocatoria de becas de la Dirección General de Universidades y Política Científica, prevista en la Orden de 22 de diciembre de 2011, le sería de aplicación el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre Vínculo a legislación.

En consecuencia, a propuesta del Director General de Universidades y Política Científica y en uso de las facultades que me confiere el artículo 16 d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Dispongo

Artículo único. Dejar sin efecto la Orden de 15 de mayo Vínculo a legislación de 2012, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, de modificación parcial de la Orden de 22 de diciembre de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocaron Becas de colaboración de formación práctica para titulados universitarios en la Dirección General de Universidades y Política Científica para el año 2012.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

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