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Durante cuatro años

La Audiencia de Santiago ratifica la inhabilitación para cargo público del exacalde de Santa Comba por prevaricación

20/07/2012
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Asegura que la situación en la zona "se caracterizaba por una absoluta falta de control municipal"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de A Coruña ha ratificado la inhabilitación al exalcalde de Santa Comba José Toja Parajó para cargo público durante cuatro años como autor de un delito de prevaricación en relación con las 43 licencias de "tablao flamenco" concedidas en el municipio para "prolongar la hora de cierre" de los locales de hostelería.

Así lo refleja el fallo dictado por la administración judicial provincial, en la que se desestima el recurso de apelación interpuesto por José Toja contra la sentencia emitida el 20 de diciembre de 2011 por el Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña al "mantener la totalidad de los pronunciamientos".

De este modo, la sentencia de la Audiencia Provincial, que no es recurrible, señala que la situación en Santa Comba se caracterizaba por "una absoluta falta de control municipal", tanto "en la concesión de licencias como en el control sobre las actividades de los establecimientos".

Estas cuestiones que, según indica la sentencia, "superan la actividad referida a un único establecimiento para integrar una pauta de conducta normal" de la Administración municipal de Santa Comba, un Ayuntamiento "dirigido directamente" por José Toja "en materia de licencias de hostelería".

Asimismo, la resolución añade que, frente a las reclamaciones formuladas "lo que se hacía era guardar las denuncias en una carpeta sin intención alguna de darles curso y menos de dictar resolución sobre ellas".

"ACTUÓ DE FORMA CONSCIENTE"

Por último, el texto emitido por la Audiencia Provincial de A Coruña recalca que, el ahora condenado, "actuó de forma consciente de la arbitrariedad de su actuación".

Ante estos hechos, la Administración judicial ha condenado al exregidor del municipio como "autor criminalmente responsable" de un delito de "prevaricación" penado con "cuatro años de inhabilitación para empleo o cargo público" y "al pago de las cuotas del juicio incluidas las de la Acusación Particular".

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