Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/07/2012
 
 

El TC ampara a un enfermo con trastorno bipolar que fue internado en un psiquiátrico en contra de su voluntad

17/07/2012
Compartir: 

Se trata de la primera vez en la que enjuicia el derecho a la libertad en un caso de internamiento psiquiátrico urgente

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional (TC) ha otorgado el amparo a un enfermo a quien se le diagnosticó un trastorno bipolar y se le internó de urgencia en un centro psiquiátrico en contra de su voluntad al considerar que su derecho a la libertad personal fue vulnerado.

En una sentencia, dada a conocer este lunes, el alto tribunal declara la nulidad de los autos del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Granada que ratificó la medida de internamiento voluntario urgente por trastorno psiquiátrico. No obstante, esta decisión tiene efectos puramente declarativos "teniendo en cuenta la situación de libertad del recurrente materializada tras el alta médica.

Los hechos se remontan al 2 de mayo de 2007 cuando el demandante ingresó en la Unidad Mental del Hospital Universitario San Cecilio de Granada. El juzgado recibió al día siguiente la comunicación pero no resolvió sobre la justificación del internamiento en el plazo máximo de 72 horas.

El juez ordenó la práctica del reconocimiento al enfermo fuera de plazo y resolvió sobre el caso cuando éste ya había recibido el alta médica, lo cual se produjo el 16 de mayo de aquel año. En total, el Juzgado incurrió en un exceso de catorce días respecto de la fecha de vencimiento del plazo legal.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Rodríguez Arribas, da la razón al recurrente cuando se queja de no haber recibido la necesaria información sobre sus derechos, la designación de abogado y procurador para su defensa o la práctica de posibles pruebas.

En este sentido, el hombre criticó que el juez no hubiera oído a sus hermanos ante la situación de conflicto familiar que tenía con su esposa, a cuya iniciativa se produjo el internamiento.

Los magistrados añaden que el informe del hospital y del médico forense no argumentó de manera clara la necesidad y proporcionalidad de la medida ni explicó por qué no bastaba con un tratamiento ambulatorio.

INSTA A REGULAR ESTA MATERIA

Tras interponer la demanda de amparo, el recurrente solicitó el archivo de la causa por pérdida de interés en el proceso, pero el Ministerio Fiscal y el Tribunal Constitucional han rechazado su desistimiento por tratarse de una materia de "una innegable importancia social" al afectar a un colectivo "especialmente vulnerable".

"Se trata del primer recurso de amparo en el que se enjuicia desde la óptica del derecho fundamental a la libertad personal, un caso de internamiento psiquiátrico urgente, con las peculiaridades que éste presenta en nuestro ordenamiento al acordarse ab initio sin control judicial", destaca.

El TC hace un llamamiento al legislador para que regule "a la mayor brevedad posible la medida de internamiento no voluntario por razón de trastorno psiquiátrico mediante ley orgánica" y añade que ya efectuó este requerimiento en el pasado, sin que haya sido atendido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  3. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  4. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  5. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  6. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  9. Actualidad: El PE da el primer paso para que las eurodiputadas puedan delegar su voto al final del embarazo y tras dar a luz
  10. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana