ORDEN ECD/42/2012, DE 16 DE MAYO DE 2012, QUE ACTUALIZA LA AUTORIZACIÓN DE DETERMINADAS ENSEÑANZAS EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL A PARTIR DEL CURSO ESCOLAR 2008/09.
Preámbulo
La implantación de nuevas enseñanzas así como la modificación de la oferta educativa de Bachillerato y Formación Profesional para adecuarla a las nuevas demandas laborales derivadas de las necesidades de cualificación profesional de los distintos sectores productivos, requiere actualizar la autorización de enseñanzas de los centros docentes públicos y privados de Educación Secundaria y Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre , por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, el Decreto 74/2008, de 31 de julio por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio , de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre , por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo y el Decreto 4/2010, de 28 de enero , por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 1.2 del Decreto 75/2010, de 11 de noviembre que aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
DISPONGO:
Artículo único. La presente orden tiene por objeto actualizar las autorizaciones de Bachillerato, Formación Profesional y PCPI en centros públicos y privados de Educación Secundaria y Formación Profesional que se han producido desde el curso escolar 2008/09.
Los centros educativos de Educación Secundaria y Formación Profesional, que se relacionan en los anexos de la presente Orden, han implantado o modificado a partir del curso académico 2008/2009 el Bachillerato, los Programas de Cualificación Profesional Inicial, los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior, sustituyéndose los Ciclos Formativos LOGSE por los LOE , que en cada caso se enumeran.
Contra la presente Orden, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
ANEXO OMITIDO