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Propuesta para una nueva demarcación judicial

04/05/2012
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El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado una propuesta con los principios y criterios para el establecimiento de una nueva demarcación judicial; esto es, para el diseño de un nuevo mapa judicial que satisfaga las necesidades de una ciudadanía consciente de sus derechos y de sus deberes, propia del siglo XXI.

El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado una propuesta con los principios y criterios para el establecimiento de una nueva demarcación judicial; esto es, para el diseño de un nuevo mapa judicial que satisfaga las necesidades de una ciudadanía consciente de sus derechos y de sus deberes, propia del siglo XXI.

El objetivo es mejorar la calidad de la Justicia, con el acceso en condiciones de igualdad a todos los servicios demandados en una sociedad moderna de los Juzgados y Tribunales: con jueces especializados, forenses, gabinetes psico-sociales, Puntos de Encuentro Familiar, Servicios de Atención a la Víctima, Unidades de Valoración de Riesgo para las víctimas de violencia de género, servicios de mediación civil y penal, Unidades de Policía Judicial, Servicios de Atención al Ciudadano.

El partido judicial es la unidad territorial para la administración de justicia integrada por uno o varios municipios.

Los principios y criterios para el diseño del nuevo mapa de partidos judiciales se basan en la concentración de recursos, la racionalización del trabajo, la especialización como presupuesto inicial para una Justicia de calidad, la colegiación de asuntos y la apuesta por una justicia titular y profesional.

El estudio del CGPJ es el resultado de cinco meses de análisis de los órganos técnicos de la realidad judicial de España. Una vez aprobado por el Pleno, se envía para su análisis a las salas de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, con el fin de que hagan los comentarios y observaciones que consideren oportunos.

La propuesta tiene una vocación marcadamente provisional. Se dirige a iniciar un proceso de debate sobre una cuestión cuya importancia exige un sosegado análisis y la participación de todos los interesados con el fin de lograr el resultado que mejor satisfaga los intereses del justiciable y que podrían coincidir -o no- con el diseño que se esboza.

El Consejo ha abordado el estudio en el ejercicio pleno de sus funciones constitucionales. Pero la iniciativa legislativa corresponde al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales.

Superar los 15 kilómetros de radio

El partido judicial es la unidad territorial para la administración de justicia integrada por uno o varios municipios.

La distribución territorial actual impide que haya juzgados y servicios especializados en todos los partidos judiciales. Los partidos judiciales abarcan un radio de 15 kilómetros, por lo habitual, y 50.000 habitantes. Se propone aumentar esta área, para que abarque 100.000 habitantes y con el límite de que no se tarde más de una hora de viaje hasta la cabeza del partido judicial con las infraestructuras existentes.

La propuesta del Consejo reduciría de 431 partidos judiciales a una cifra entre 190 y 200 partidos judiciales, una vez superadas las grandes deficiencias en las infraestructuras públicas y las dificultades de comunicación y desplazamiento del pasado.

De esta forma, se distribuirían los recursos humanos y materiales existentes y se implantaría una organización colegiada de los Juzgados, de modo que todos ciudadanos reciban la misma atención especializada, vivan donde vivan.

La propuesta de nuevo mapa mantiene los juzgados actuales y amplía las áreas judiciales para que los juzgados abarquen un territorio más amplio y poder así dar un servicio especializado al ciudadano.

Se procurará respetar la geografía política y las áreas de influencia territorial de las actividades económicas de cada zona.

La actual Ley de Demarcación y Planta lleva 24 años vigente (Ley Orgánica 39/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial), aunque la trama está basada en un diseño implantado en 1834.

Los incrementos y disminuciones demográficas, los flujos de población, los polos industriales, el desarrollo urbanístico y turístico, las comunicaciones, los medios de transporte, las características orográficas y comarcales, las tecnologías de la información, el modelo de oficina judicial, la forma de tramitar los procedimientos.... En esto 24 años se han producido grandes transformaciones que provocan un DESFASE entre la estructura territorial de los Juzgados y Tribunales y las demandas de los ciudadanos.

España ha crecido en ocho millones de habitantes desde 1988. Y tiene 5.017.837 más de asuntos ingresados que entonces. La sociedad es más compleja.

Principios y criterios

El Consejo entiende que los cambios socio-económicos registrados son de tal magnitud que el futuro mapa de circunscripciones judiciales tendría que responden a los siguientes principios y criterios:

Especialización. Como presupuesto inicial para una Justicia de calidad. Apuesta por una justicia titular y profesional: La nueva demarcación permitirá la implantación de la organización colegiada de los Juzgados, con los servicios trabajando de forma coordinada. La Justicia impartida por jueces interinos sería relegada a la excepción.

Mismos derechos, mismos servicios. Las infraestructuras y las comunicaciones actuales permiten crear partidos judiciales dotados de los servicios al ciudadano de similar calidad para todos los partidos judiciales.

Tiempo y calidad del servicio. La atención al ciudadano no debe medirse en kilómetros, sino en tiempo de prestación del servicio público, y en la calidad del servicio público.

Proximidad. El desplazamiento desde un núcleo de población hasta la cabecera del partido judicial no podrá exceder de 1 hora ó de 100 kilómetros de distancia a través de las comunicaciones existentes, como límites de agrupación. La excepción vendría justificada cuando la excesiva distancia o el tiempo empleado para el desplazamiento pueda poner en cuestión el derecho fundamental.

Eficiencia: Uso de las comunicaciones telemáticas y las nuevas tecnologías. El desplazamiento físico de las personas a las oficinas judiciales ha de reducirse a los supuestos estrictamente necesarios.

BASES NUEVA DEMARCACIÓN JUDICIAL

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