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Garzón

El Supremo aclara a Garzón que únicamente fue condenado a pagar las costas del abogado de Correa

12/03/2012
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El Tribunal Supremo ha aclarado al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que, respecto a su condena por el caso de las escuchas a los abogados de Gürtel", únicamente le corresponde pagar las costas correspondientes al abogado del presunto cabecilla de la trama, Francisco Correa.

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

La aclaración fue solicitada por la defensa de Garzón debido a que el fallo no aclaraba de cuántas de las costas (pago a los abogados) correspondientes a las tres acusaciones particulares que se personaron en esta causa debía hacerse responsable.

El alto tribunal aclara en un auto de fecha 29 de febrero que únicamente había solicitado expresamente la condena en costas la acusación ejercida en nombre de Francisco Correa.

El abogado Ignacio Peláez, cuya querella inició esta causa contra el ahora ex juez de la Audiencia Nacional lo hizo "de forma genérica y, por lo tanto insuficiente", mientras que la representación del imputado en "Gürtel" pablo Crespo guardo silencio, por lo que únicamente cabe responder al primero.

Esta condena al pago de costas se suma a los 11 años de inhabilitación en el ejercicio de su cargo y a la multa de 2.520 euros por un delito de prevaricación en concurso con otro contra las garantías constitucionales al colocarse "a la altura de regímenes totalitarios" cuando intervino las comunicaciones de los cabecillas de la trama "Gürtel" con sus abogados en prisión.

La condena señaló que el magistrado de la Audiencia Nacional vulneró de forma "drástica e injustificada" el derecho de defensa de sus investigados, lo que le supondrá la "pérdida definitiva" del cargo.

La resolución, que fue acordada por unanimidad de los siete magistrados que juzgaron la causa el pasado mes de enero, conlleva la pérdida definitiva de su cargo en el Juzgado Central de Instrucción número 5 "y de los honores que le son anejos", así como "la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo". Esta inhabilitación ha sido ya aplicada por el Consejo General del Poder Judicial.

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