Diario del Derecho. Edición de 14/03/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/03/2012
 
 

Por malversación y alzamiento

El Supremo revisará hoy la condena a tres años de prisión impuesta al exalcalde 'popular' de Llucmajor (Baleares)

08/03/2012
Compartir: 

El Tribunal Supremo revisará este jueves la condena a tres años de prisión impuesta en noviembre de 2010 al exalcalde 'popular' de la localidad balear de Llucmajor Lluc Tomàs. La Audiencia Provincial de Palma condenó además a seis años de prisión al exconcejal de Agrupación Social Independiente (ASI) de la localidad, Joaquín Rabasco, y a otros tres años de cárcel a la exsecretaria de Rabasco en la formación, María del Amor Aldao.

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo revisará este jueves la condena a tres años de prisión impuesta en noviembre de 2010 al exalcalde 'popular' de la localidad balear de Llucmajor Lluc Tomàs. La Audiencia Provincial de Palma condenó además a seis años de prisión al exconcejal de Agrupación Social Independiente (ASI) de la localidad, Joaquín Rabasco, y a otros tres años de cárcel a la exsecretaria de Rabasco en la formación, María del Amor Aldao.

Se trata de la segunda ocasión en la que el alto tribunal revisa en vista esta causa ya que la Audiencia Provincial dictó estas condenas en 2010 después de que el alto tribunal decretara la nulidad de una primera resolución judicial adoptada en 2008. El Supremo devolvió entonces las actuaciones a la Audiencia para que subsanase varios defectos detectados y el juicio contra los tres acusados se repitió.

En concreto, la Audiencia balear impuso en 2010 a Rabasco cuatro años de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos y dos años por otro de alzamiento de bienes, mientras que sobre Tomàs recayeron tres años por malversación y sobre Aldao dos años por este mismo delito y otro por alzamiento. Además, condenó a los tres acusados a indemnizar al Ayuntamiento de Llucmajor con 681.450 euros.

La trama por la que fueron condenados, denunciada en 2001 por el entonces regidor del PSOE en Llucmajor, Juan José Maestre, se desarrolló entre 1999 y 2002, cuando el exprimer edil permitió y auspició el desvío de más de un millón de euros de las arcas municipales a cuatro empresas ligadas al exregidor de Deportes y Fiestas --Majo Sport, Tenedi Ambiente, Rodema Swin y Retsar Music-- y constituidas por la ex secretaria de ASI y amiga personal de Rabasco.

En los fundamentos de derecho de su nueva sentencia, el tribunal balear mantuvo que los acusados, aprovechándose de sus respectivos cargos, idearon una trama dirigida a trasvasar de forma "torticera" fondos municipales a las arcas de ASI para que llegasen a poder de Rabasco "a cambio de sus votos, que garantizaban una cómoda gobernabilidad de Tomàs quien, sabiéndolo, lo consentía aunque no se lucraba directamente con las operaciones".

CONDUCTAS "NI SIQUIERA INVESTIGADAS"

La resolución, que recordaba que ASI y PP ya habían sido socios incluso antes del mandato de Tomàs, dejaba entrever que "posiblemente" existieran otras conductas igualmente reprobables que no han sido enjuiciadas y "ni siquiera investigadas", y mantenía que tanto la formación como el propio Rabasco "estarían ávidos de fondos" mientras que el entonces alcalde, que "posiblemente no colaboró en la trama societaria urdida, se vio forzado a darles su apoyo metálico a cambio de sus votos".

En relación con el ex presidente de ASI, el tribunal subrayaba que se beneficiaba "torticeramente de festejos, deportes y otras actividades de esparcimiento". En cuanto a Tomàs, la Audiencia precisaba que sabía que Rabasco participaba, directa o indirectamente, en casi todas las fiestas y eventos municipales, "lucrándose inflando las facturas que presentaban al Ayuntamiento, él o Aldao, lo que consentía y toleraba".

"No interesaba a Tomàs enfrentarse a Rabasco porque lo necesitaba, llevaban juntos muchos años y nada había pasado. Se conocían desde hacía tiempo. Por su forma de actuar, el favorecimiento hacia las sociedades creadas por Aldao y Rabasco es evidente", subrayaba de forma contundente la sentencia.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: No es válida la cláusula contenida en el contrato de trabajo que fija el periodo de prueba “según convenio” y sin una duración concreta
  2. Actualidad: El TC estima el recurso del PSOE y anula la reforma del PP en el Senado para retrasar la ley de amnistía
  3. Estudios y Comentarios: El día después al fin de la Historia; por Andrés Betancor, catedrático de Derecho Administrativo de CUNEF Universidad
  4. Estudios y Comentarios: El acuerdo inmigratorio PSOE-Junts quiebra del principio de soberanía; por Armando Salvador Sancho, ex letrado del Tribunal Constitucional
  5. Tribunal Supremo: Se impone una multa a un hombre que se presentó desnudo en una comisaría para interponer una denuncia y no cumplió la orden de los agentes para que se vistiera
  6. Tribunal Supremo: Considera el Supremo que las comunidades de propietarios pueden instalar cámaras de videovigilancia en las zonas comunes para proteger la seguridad de los vecinos
  7. Actualidad: El TS descarta investigar a Puigdemont por la trama rusa del 'procés' tras el archivo en la Audiencia de Barcelona
  8. Tribunal Supremo: El Supremo cambia su doctrina respecto a la fijación de precios en contratos de arrendamiento de industria y exclusiva de abastecimiento de estaciones de servicio, en aplicación de la jurisprudencia del TJUE
  9. Actualidad: Condenados en Almería a casi seis años de cárcel por promover con una "patera taxi" la inmigración irregular
  10. Actualidad: El TS pide a Ineco y Tragsatec información sobre la contratación de la ex de Ábalos y a Puente, sobre los viajes

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana