Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/03/2012
 
 

ETA

El Supremo revisa hoy la condena a Tasio Erkizia por participar en un homenaje a "Argala" en 2008

07/03/2012
Compartir: 

El Tribunal Supremo celebrará este miércoles una vista pública para revisar la condena a un año de cárcel que impuso la Audiencia Nacional al dirigente de Herri Batasuna (HB) Tasio Erkizia por un delito de enaltecimiento del terrorismo cometido durante su participación en un homenaje al etarra José Miguel Beñaran, 'Argala', celebrado en Arrigorriaga (Vizcaya) en 2008.

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal dictará una sentencia sobre esta causa de la que será ponente el magistrado Francisco Monterde. El alto tribunal deliberará sobre la condena acordada el pasado mayo que consideraba probado que Erkizia participó voluntariamente en un acto en el que se expresaron "claras muestras de veneración y respeto" hacia el terrorista "con motivo del trigésimo aniversario de su fallecimiento".

La Audiencia Nacional aplicó la atenuante de dilaciones indebidas porque el procedimiento estuvo paralizado durante seis meses y subrayó que Erkizia "se prestó voluntariamente a participar como protagonista en un acto que era un claro homenaje a un terrorista, condición que no se pierde por haber sido a su vez víctima de otros delincuentes que lo asesinaron".

Aquella sentencia, de la que fue ponente el juez Javier Gómez Bermúdez, indicaba que la convocatoria se desarrolló "a su vista, ciencia y paciencia" y que "siempre giró en torno a la rendición de honores, loa y elogio de 'Argala'", por lo que "no es razonable ni creíble la explicación de que se trataba sólo de un recordatorio dentro de un acto político", como argumentó Erkizia durante el juicio.

"Es más, si el acusado se hubiera limitado a pronunciar un discurso estrictamente político en defensa de la independencia del País Vasco y el socialismo, su conducta no sería reprochable pues España es una democracia tolerante, no militante", explicó Gómez Bermúdez.

La sentencia añadía que el sistema democrático "no exige la adhesión a los postulados constitucionales sino que se puede defender cualquier idea --incluso el cambio de la estructura del Estado, de la forma política o la secesión de éste-- siempre que se haga por medios democráticos --lo que excluye radicalmente la violencia-- y no se vulneren o lesionen los derechos fundamentales".

Para la Audiencia Nacional, el dirigente de HB, "con ambigüedad calculada", pedía "una reflexión (para) escoger el camino más idóneo, el camino que más daño le haga al Estado que conduzca a este pueblo a un nuevo escenario democrático, terminando su discurso con el grito de '¡Gora Argala!', ante cuya fotografía había depositado un clavel rojo".

Erkizia aseguró durante la vista oral que no tuvo intención de ensalzar la figura del terrorista sino que colocó una flor delante una fotografía de grandes dimensiones que presidía el escenario, con el objetivo de tener un "recuerdo" para "una persona jovial" a la que conoció durante su etapa universitaria y que era miembro de "una familia amiga".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana