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Desestimado el recurso de una víctima

La Audiencia de Madrid confirma que el director de Barajas no sea imputado en el accidente de Spanair

23/11/2011
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Concluye que "no existe vínculo" de nexo entre la muerte de las víctimas y la forma de accionar el Plan de Emergencias

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión del juez Javier Pérez de denegar la imputación del director del aeropuerto de Barajas en la fecha del accidente del vuelo de Spanair JK5022, Miguel Ángel Oleaga, a petición de una de las familias afectadas por la catástrofe.

En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, los magistrados desestiman el recurso de apelación formulado por una de las víctimas contra el auto de fecha 19 de noviembre de 2010 por el que se acordó denegar la imputación del entonces director de Barajas.

La resolución analiza si el director incurrió o no en imprudencia como consecuencia de la supuesta activación defectuosa del Plan de Emergencia del Aeropuerto, contribuyendo al fallecimiento de las víctimas.

Según los magistrados, no existe vínculo de nexo entre la muerte de las víctimas y la forma de accionar el Plan de Emergencias por parte del director del aeropuerto. Así, añade que del informe se deduce "la existencia de unas lesiones que tuvieron origen en el accidente que se investiga y que les produjo la muerte, muerte cuya data en tiempo exacto, es decir, en minutos y segundos, no es posible determinar".

No es la única petición de imputar al director que se produce en la causa, puesto que el juez debe resolver una solicitud de la Asociación de Afectados por el Vuelo JK5022 a raíz de un informe elaborado sobre el Plan de Emergencias que se activó el día del siniestro.

En su declaración en 2009, Oleaga aseguró que el protocolo de emergencia se activó inmediatamente. Además, avanzó entonces que se estaba estudiando reestructurar la sala de crisis del aeropuerto ante los posibles fallos que hubo el día del accidente.

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