MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
Al contrario de lo manifestado por la Fiscalía, que ha informado a favor de apartar a los magistrados recusados, la acusación considera que no procede admitir la petición de Garzón por ser "extemporánea", puesto que el juez suspendido conocía hace ya tiempo y sobradamente la composición del tribunal que iba a juzgarle y no presentó incidente alguno hasta que le fue notificada la fecha del juicio, señalado para el próximo día 29.
Los recusados son el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Soriano, José Manuel Maza y Perfecto Andrés. La defensa de Garzón, que ejerce el abogado Francisco Baena Bocanegra, argumenta que están "contaminados" porque han participado en la instrucción del caso rechazando los recursos por él presentados.
El escrito de cuatro páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, considera que si se analizan las resoluciones mencionadas por Garzón, "se pone de manifiesto que no existe ningún tipo de actuación judicial que pudiera poner en juicio su imparcialidad y objetividad".
El abogado Ignacio Peláez, que defiende al empresario José Luis Ulibarri en el caso 'Gürtel' y fue el autor de la querella inicial contra Garzón, pide 10 años de inhabilitación para el juez.
EL RECUSADO ANDRÉS IBÁÑEZ
Con respecto al magistrado Andrés Ibáñez la defensa de Garzón en este caso, que ejerce el magistrado Francisco Baena Bocanegra, aduce en su escrito de recusación "falta de imparcialidad objetiva" exteriorizada en un artículo publicado por este magistrado en la revista de la asociación Jueces para la Democracia (JpD) bajo el título "No se debe opinar -y menos aún informar- con las tripas. Imprescindible ejercicio de contextualización".
A juicio de la defensa de Garzón, Perfecto Andrés Ibáñez hace en su artículo valoraciones de fondo sobre el asunto que está llamado a enjuiciar, considerando que los autos de Garzón relativos a la investigación de la trama corrupta no estaban suficientemente motivados.
Peláez, sin embargo, considera que de la lectura del citado artículo "no se puede apreciar ningún tipo de argumento o consideración (...) en el que se pueda entender que (Andrés Ibáñez) entra a considerar el fondo de la cuestión que se va a enjuiciar en el juicio oral".
La Fiscalía, sin embargo, señala que deben estimarse, sobre bases objetivas, "las sospechas o recelos que el recusante manifiesta en su escrito de recusación" respecto de la existencia de una falta de imparcialidad objetiva de los cinco magistrados para enjuiciarle.
Por esta causa, la fiscal del Supremo Pilar Fernández Valcarce solicita la absolución de Garzón, mientras que las acusaciones ejercidas por el abogado Ignacio Peláez y los imputados en 'Gürtel' Francisco Correa y Pablo Crespo consideran que ha incurrido en prevaricación y en un delito contra las garantías constitucionales, por lo que piden que sea inhabilitado.
Por su parte, Correa califica los hechos como un delito de prevaricación judicial continuada, por el que pide que pague una multa de 3.240 euros e inhabilitación por 15 años y otros dos años por un delito contra las garantías constitucionales.
Si este incidente de recusación no logra evitarlo, el juicio por las escuchas de la trama Gürtel será anterior a los que están pendientes de celebrarse también contra Garzón por investigar presuntamente sin competencia los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo y por los cobros que supuestamente percibió del Banco Santander por participar en varios cursos en la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006.