Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/10/2011
 
 

Por el tribunal del jurado

La juez abre juicio oral por cohecho contra los acusados por las comisiones de Mercasevilla

27/10/2011
Compartir: 

La magistrada lo considera "un claro ejemplo de corrupción"

SEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, ha emitido un auto mediante el que decreta la apertura de juicio oral por un delito de cohecho contra los cuatro acusados por el supuesto intento de cobro de una comisión ilegal de 450.000 euros a dos empresarios del Grupo La Raza como condición para ser adjudicatarios de la escuela de hostelería del mercado central, todo ello en un auto en el que acuerda, además, que el caso sea enjuiciado por un jurado popular.

En un auto dictado este martes, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Alaya abre juicio oral contra el exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet; su antiguo director adjunto, Daniel Ponce; el exdelegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas y María Regla Pereira, coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla cuando ocurrieron los hechos, considerando que "la comisión ilícita presuntamente se reclamó ya fuera para su enriquecimiento propio, para la Junta, para el partido político que la gobierna o para cualquier destino desconocido".

En este sentido, la juez pone de manifiesto que "el relato desarrollado en las testificales" de los empresarios del Grupo La Raza Pedro Sánchez Cuerda y José Ignacio de Rojas "y el contenido de la grabación sobre las maneras en que se reclamaron" los pagos "son tan expresivas, tan directas, tan burdas, que representan de manera probable un claro ejemplo de corrupción".

La juez realiza un relato de los hechos y explica que, tras la concesión a la Fundación Mercasevilla en diciembre de 2008 de la subvención para la escuela de hostelería, Rivas "se puso en contacto telefónico" con Mellet "para comunicarle la concesión de la subvención y, de común acuerdo, decidieron exigir a los empresarios, con ilícito ánimo de lucro, una comisión de 300.000 euros por haber sido la empresa elegida para la gestión de la escuela", añadiendo que en enero de 2009 "Rivas vuelve a contactar telefónicamente con Mellet y le recuerda la comisión que había que reclamarles" a los dos empresarios.

"LOS QUE DAN PIDEN"

Tras comunicarle este último la decisión a Ponce, éste se reunió con Sánchez Cuerda y "le exigió que debía entregar 300.000 euros como comisión a abonar a la Junta, explicándole que era como contraprestación a la subvención concedida por ésta, pues 'los que dan piden', y que también deberían costear sin factura la acometida eléctrica de la escuela de hostelería, que ascendía a 150.000 euros", todo ello en un encuentro en el que, según la juez, estuvo presente Regla Pereira, "reforzando con su presencia los requerimientos de su compañero".

El empresario, "sorprendido", le solicitó a Ponce una reunión con Mellet, la cual se celebró el 27 de enero de 2009 en el despacho de éste último, estando presentes tanto Mellet como Ponce y los dos empresarios. En esta cita, que fue grabada por los afectados, Ponce "comenzó exponiendo de nuevo ambas exigencias, diciéndoles que a la Junta siempre hay que destinar una parte de lo que se recibe como una especie de impuesto, y que si colaboraban con la Junta todos los cursos de formación futuros se les subvencionarían", ante lo que Mellet "asintió y apostilló", afirmando que la Junta y todas las administraciones "funcionaban así, tratando de convencer a los empresarios de la lógica de la comisión requerida".

Respecto a los acusados, la juez Alaya asegura que "existen sólidos indicios" contra Ponce y contra Mellet, a quien considera el "ideador" del proyecto, admitiendo que, en el caso de Pereira y Rivas, "el material probatorio que existe es más débil, pero suficiente para que puedan ser juzgados y que su actuación sea examinada bajo el crisol probatorio del plenario". Centrándose en Rivas, asevera que "debe ser juzgado como acusado pues son tan vehementes, tan contundentes, tan claras, las expresiones que utilizaron Mellet y Ponce para pedir tales comisiones, que resulta en términos indiciarios poco probable que estas exigencias fueran decididas por" estos últimos.

PEREIRA, "LA PARTE MÁS DÉBIL"

Incluso, recuerda que Mellet y Ponce "hacen continuas alusiones" a que la petición de estas ilícitas comisiones "obedece al comportamiento habitual de la Junta, incluso deslizando sutilmente una supuesta financiación ilegal del PSOE cuando dicen 'o será para carteles de Felipe González, pero yo me creo que es para los niños saharauis'". Respecto a Pereira, dice que es "la parte más débil", y reconoce que su implicación en los hechos "se basa exclusivamente en su presencia en la reunión de 16 de enero de 2009, cuando Ponce exige la comisión".

La juez rechaza, como había solicitado el PP, abrir juicio oral por los delitos de tráfico de influencias y de uso de información privilegiada, mientras que también ha rechazado la pretensión del PSOE, a la que se adhirió el PP, para que los acusados fueran enjuiciados por un delito de estafa cualificada.

Respecto a la nulidad de la grabación planteada por el letrado de Mellet, la magistrada lo rechaza y vuelve a incidir en que la prueba impugnada, "incontestablemente válida, es una más de las que se disponen en la causa, pues al margen de la misma e incluso de las declaraciones de Mellet y Ponce ante la Policía y la Fiscalía, la extensión, el detalle, la contundencia y claridad de los testimonios de los empresarios en las distintas sedes en las que prestaron declaración resultan evidentes de su propia lectura".

NULIDAD DE LA GRABACIÓN

"Al escuchar la grabación, lo que desde luego no se observa es que los testigos fuercen o provoquen los requerimientos ilícitos de los acusados, sino que son absolutamente espontáneos, la de Ponce es una exposición absolutamente libre y en modo alguno guiada por los testigos", añade, diciendo que "es fácil concluir que la conversación hubiera transcurrido de igual manera si la grabación no hubiera existido, no siendo la misma ni origen ni desarrollo de la voluntad criminal de los acusados".

La Fiscalía reclama para estos acusados una sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por un periodo de 21 meses a cuenta de un presunto delito de cohecho, mientras el PP, como acusación popular, solicita un año de prisión, el pago de 3,6 millones de euros y 13 años de inhabilitación para Rivas y Mellet por delitos de cohecho, tráfico de influencias y uso de información privilegiada. Además, el PP pide una multa de 1.350.000 euros e inhabilitación durante tres años para Ponce y Pereira, a los que imputa únicamente un delito de cohecho.

El PA, de su lado, pide para Rivas un año de cárcel, una multa de 2.250.000 euros y nueve años de inhabilitación por sendos delitos de cohecho y tráfico de influencias, mientras que para el resto de acusados pide el pago de 1.350.000 euros y tres años de inhabilitación por un delito de cohecho. El PSOE, de su lado, solicita para Mellet y Ponce dos años de cárcel y 18.000 euros de multa por un delito de estafa cualificada en grado de tentativa, exculpando a los otros dos imputados.

En la audiencia preliminar, la Fundación Socioasistencial Mercasevilla amplió su acusación contra los imputados para que sean declarados responsables civiles solidarios y abonen a la fundación los 900.000 euros "equivalentes a la subvención en su día concedida y no dispuesta" tras conocerse el intento de cobro de comisiones. Además, solicita el pago de una multa de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 21 meses para cada acusado.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana