Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/10/2011
 
 

Banco Santander

Un juez condena al Banco Santander por no advertir a unos clientes de la bajada de los tipos

05/10/2011
Compartir: 

El Juzgado de Primera Instancia 52 de Barcelona ha condenado al Banco Santander a devolver las cantidades pagadas en exceso a unos clientes de 'swaps' por no informarles a finales de 2008 de la incidencia que iba a tener en el producto la bajada de los tipos de interés, según la sentencia dictada en pasado 23 de septiembre.

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

La sentencia considera "patente" que la entidad cántabra "incumplió con los deberes propios y específicos del asesor de inversiones" al no alertar a los clientes del efecto que la crisis económica iba a tener en los tipos de interés.

Los clientes, propietarios de varias empresas familiares, contrataron en 2006 estos productos de cobertura contra la subida de los tipos de interés, vinculados a un préstamo, pero en octubre de 2008 la entidad no les informó de que la evolución de los tipos iba a cambiar "radicalmente".

La juez considera que si las empresas demandantes "hubieran conocido puntualmente la previsión de evolución de los tipos de interés que Banco Santander sí conocía", el cliente los habría cancelado y "las consecuencias económicas de seguir manteniendo vivos los tres contratos serían menos gravosas".

La sentencia no anula los contratos de 'swap', pero obliga al banco a devolver las cantidades cobradas de más a los clientes por la bajada de los tipos. La juez también basa su decisión en que el banco sí canceló los 'swaps' de una empresa filial. Contra la sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

Según explicó el abogado de los clientes, Jordi Ruiz de Villa, del bufete Jausas, esta sentencia "abre una nueva vía de responsabilidad para todas las entidades financieras que no recomendaron a sus clientes reaccionar a tiempo ante la crisis económica que se avecinaba".

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana