RESOLUCIÓN DE 11/07/2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LA QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS EN MATERIA DE POTENCIAL DE PRODUCCIÓN VITÍCOLA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SECRETARIAS PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA.
La Orden de 06/04/2001, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha y sus modificaciones, faculta al Director General de Producción Agropecuaria, actual Director General de Agricultura y Ganadería de acuerdo con la nueva estructura de la Consejería de Agricultura aprobada por Decreto 126/2011, de 7 de julio, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo.
Asimismo el citado Decreto establece en su artículo 10 que en cada una de las cinco provincias de Castilla-La Mancha, con sede en sus respectivas capitales, existirán las Secretarias Provinciales como unidades y servicios periféricos de la Consejería de Agricultura que desarrollaran las funciones y prestarán los servicios que se enumeran en el artículo 10.1 y 10.2. Y conforme dispone el 10.3, además desempeñarán cuantas funciones le sean delegadas por los órganos directivos de la Consejería. Así, teniendo presente los principios administrativos de celeridad y eficacia en la prestación de servicios resulta oportuna la realización de esta delegación de competencias en materia de potencial de producción vitícola en las personas titulares de las Secretarias Provinciales de la Consejería de Agricultura.
En consecuencia y en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Dirección General de la Agricultura y Ganadería resuelve:
1. Delegar en las personas titulares de las Secretarias Provinciales de la Consejería de Agricultura en el ámbito de cada provincia, el ejercicio de las siguientes competencias en materia de potencial de producción vitícola regulado en la Orden de 06/04/2001:
a) Autorizaciones y resoluciones en materia de gestión y actualización del Registro Vitícola: plantaciones de viñedo, renovaciones de plantaciones, declaraciones de arranque de viñedo, plantaciones de viñedo con derechos de replantación anticipada y actualizaciones de datos del Registro Vitícola.
b) Transferencias de derechos de replantación de viñedo dentro de la comunidad autónoma.
c) Resoluciones de las solicitudes de regularización de superficies de viñedo.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación de competencias indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Disposición final La presente resolución tiene eficacia desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.