Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/06/2011
 
 

Responsabilidad institucional; por José Luis Ramírez Ortiz, Magistrado, Portavoz de JpD

15/06/2011
Compartir: 

El día 14 de junio de 2011, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de José Luis Ramírez Ortiz, un artículo en el cual el autor opina sobre la dimisión de tres magistrados del Tribunal Constitucional. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

Las democracias constitucionales se caracterizan por la pretensión de cohonestar dos principios en apariencia contradictorios: la distribución del poder político sobre la base del paradigma democrático y la limitación de ese poder por instituciones que no responden necesariamente a tal paradigma. El papel contramayoritario de la jurisdicción, integrada por órganos no designados por el pueblo que tienen asignada la garantía de los derechos, constituye un ejemplo de esta necesaria tensión, pues existe un coto vedado al principio de las mayorías constituido por los derechos fundamentales, que no pueden ser sometidos al voto, pues son, una vez constituido el Poder, la precondición de su ejercicio.

Un pilar de este sistema es el TC, a quien también se atribuye el control de la constitucionalidad de las leyes. Este tribunal no decide sobre la Constitución, sino sobre sus interpretaciones, imponiéndolas al poder político y a la jurisdicción ordinaria. La relevancia de sus funciones hace exigible un especial cuidado a la hora de cuestionar sus resoluciones y nombrar a sus magistrados. La crítica racional de sus sentencias no sólo es legítima, sino necesaria en una sociedad democrática, pero esa crítica no justifica ni el ataque a la institución, ni a los magistrados que la integran. Confundir la crítica legítima con ese ataque no constituye una práctica aceptable en el debate público, sino un intento de instrumentalizar el debate para otros fines, como por desgracia sucede con frecuencia.

Otro tanto acontece en el momento del nombramiento o renovación de sus componentes cuando se produce, en el marco de la democracia de partidos, la sustitución de políticas de Estado por políticas partidistas buscando la correspondencia entre los magistrados con las posiciones políticas de quienes los proponen. De ahí la necesidad de seleccionar un perfil profesional refractario a los alineamientos partidistas. Una vez nombrados, la única lealtad que les es exigible es a la Constitución. Ello no excluye, sino todo lo contrario, la existencia de posiciones divergentes siempre que se basen en el propósito colectivo de indagar en el alcance de las disposiciones constitucionales, normas de textura abierta que permiten diversas lecturas. Por ello es conveniente la pluralidad ideológica en la composición del tribunal.

La dimisión de tres magistrados del tribunal, cuyo mandato había expirado el pasado mes de noviembre, ante la falta de acuerdo de las fuerzas políticas para la renovación de las vacantes, constituye la demostración, una vez más, de la incapacidad de aquéllas para estar a la altura de las circunstancias, una llamada más a una responsabilidad institucional inaceptablemente preterida.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana