La Sala de lo Contencioso Administrativo da, de esta forma, la razón a una sociedad de pescadores, que recurrió la normativa porque se había aprobado fuera de plazo legal fijado.
La sentencia concluye que la resolución impugnada infringe por tanto el principio de jerarquía normativa al no respetar el plazo de caducidad fijado por la ley para aprobar la normativa.
Y puesto que ni las disposiciones reglamentarias ni los actos administrativos pueden infringir disposiciones de rango normativo superior, la vulneración conlleva la nulidad de pleno derecho de la normativa de pesca de 2010.