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Instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables

24/05/2011
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Orden de 13 de mayo de 2011 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se modifica la Orden de 20 de abril de 2011, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a empresas, familias, instituciones sin fines de lucro y corporaciones locales, con destino a la ejecución y explotación de proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables, para el ejercicio 2011 (BORM de 23 de mayo de 2011). Texto completo.

ORDEN DE 13 DE MAYO DE 2011 DE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, EMPRESA E INVESTIGACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE ABRIL DE 2011, DE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, EMPRESA E INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES A EMPRESAS, FAMILIAS, INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO Y CORPORACIONES LOCALES, CON DESTINO A LA EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE PROYECTOS DE INSTALACIONES DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS ENERGÉTICOS RENOVABLES, PARA EL EJERCICIO 2011.

Por Orden de 20 de abril de 2011 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a empresas, familias, instituciones sin fines de lucro y corporaciones locales, con destino a la ejecución y explotación de proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables, para el ejercicio 2011 (BORM n.º 100, de 4 de mayo de 2011).

Aprovechando la positiva experiencia de las actuaciones llevadas a cabo para el fomento de las energías renovables, así como del ahorro y eficiencia energética y con objeto de obtener la presentación de un mayor número de solicitudes de subvención, incrementar el número beneficiarios y de sectores afectados, favorecer la concesión de éstas y agilizar los trámites para dar cumplimiento del Programa Operativo FEDER de la Región de Murcia para el periodo 2007-2013 y en el Marco del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Eje 4 “Transporte y Energía”, es aconsejable la modificación de Orden de 20 de abril de 2011, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a empresas, familias, instituciones sin fines de lucro y corporaciones locales, con destino a la ejecución y explotación de proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables, para el ejercicio 2011.

Las modificaciones afectan al artículo 1 apartado 2 del texto de la Orden de 20 de abril de 2011 y los Anexos I, II, IV, VI, VII, VIII y IX de la Orden de 20 de abril de 2011, y suponen fundamentalmente: en cuanto al artículo 1 apartado 2 del texto de la Orden, se amplía el periodo subvencionable con la finalidad de aumentar el número de beneficiaros; en cuanto al Anexo I, una reducción de los porcentajes fijados para el cálculo de la cuantía de la subvención en función del gasto subvencionable y de la potencia nominal de la instalación. La modificación del Anexo I está motivada por un error en el mismo, cuyo contenido no se correspondía con el aprobado por la Dirección General de Economía y Planificación en su informe definitivo de fecha 3 de marzo de 2011; en cuanto al Anexo II se añade una declaración para poder acogerse a la Disposición Adicional Única de la convocatoria; en cuanto al Anexo IV, se añade una declaración del beneficiario relativa a la instalación para la que se solicita la subvención; en cuanto a los Anexos VI, VII y VIII se añaden especificaciones técnicas para mejor claridad en la valoración de la documentación; en cuanto Anexo IX se añade una declaración relativa a la condición de beneficiario.

En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye el artículo 13 de la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo

Artículo primero: Se modifica el artículo 1 apartado 2, que queda redactado de la siguiente manera:

Donde dice: “2. El periodo subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 30 de abril de 2011”, debe decir: “2. El periodo subvencionable será el comprendido entre el 1 de diciembre de 2007 y el 30 de abril de 2011”

Artículo segundo: Se modifican los Anexos números I, II, IV, VI, VII, VIII y IX de la Orden de 20 de abril de 2011 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a empresas, familias, instituciones sin fines de lucro y corporaciones locales, con destino a la ejecución y explotación de proyectos de instalaciones de aprovechamiento de recursos energéticos renovables, para el ejercicio 2011, que se acompañan al texto de la presente Orden de modificación.

Disposición transitoria única.

Las solicitudes que a fecha de entrada en vigor de esta Orden se hayan presentado al amparo de la Orden de 20 de abril de 2011 (BORM n.º 100, de 4 de mayo de 2011), se tramitarán con arreglo a lo previsto en la presente Orden.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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