El juez declara probado que "muchos de los clientes" de Padawan eran sociedades como Parque de Atracciones Tibidabo, Transportes Magal y Centro Médico Delfos, entre otros, considera que "se pretendió aplicar (el canon digital) indiscriminadamente, incluso a supuestos casos en que claramente no iban a ser destinados a copia privada".
De hecho, según la normativa comunitaria y la Ley de Propiedad Intelectual, la copia privada sólo la pueden realizar las personas físicas, por lo que "la SGAE tendría derecho a aplicar un canon, cuyas tarifas respetaran el justo equilibrio de los intereses afectados, sobre soportes digitales comercializados a particulares, y no a empresas y profesionales".