La Audiencia ha considerado a Samaniego culpable de un delito de pertenencia a organización terrorista y de un delito de daños terroristas mediante incendio sin riesgo para la vida de las personas.
Además, ha ordenado que el condenado a indemnizar con 54.140, 44 euros a la Empresa Euskop Trenbideak Ferrocarriles Vascos S.A. por los daños ocasionados en el atentado.