ORDEN DE 14 DE FEBRERO DE 2011 POR LA QUE SE CONVOCA EL I CERTAMEN INTERNACIONAL DE CINE DE TURISMO DE NATURALEZA.
La Consejería de Cultura y Turismo tiene asumidas las competencias que en materia de Turismo le atribuye el Decreto 192/2007 , de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo.
Dentro de las actuaciones destinadas al desarrollo de esta competencia, desde esta Consejería se ha apostado firmemente por el desarrollo de un turismo sostenible, un turismo capaz de conjugar en perfecto equilibrio el respeto por el medio natural con la protección de nuestro patrimonio cultural y artístico, elementos que en nuestro territorio alcanzan gran valor por su abundancia y estado de conservación.
Con esta filosofía surge el Festival de las Aves Ciudad de Cáceres, organizado por la Consejería de Cultura y Turismo, que en el año 2011 celebra su tercera edición. En una ciudad que consigue armonizar su condición de Patrimonio de la Humanidad con el alto grado de protección para las aves en su entorno y hasta en el corazón mismo de su Casco Histórico;
y que además apuesta claramente por la cultura y la promoción de las diferentes manifestaciones artísticas.
Por ello, dicho Festival pretende no sólo poner en valor el recurso natural ornitológico, de gran potencial turístico, y difundirlo entre la ciudadanía, sino también integrarlo como elemento inspirador de artistas y aficionados, y que integran una parte importante del colectivo de turistas de naturaleza: fotógrafos, pintores y artistas audiovisuales ya se dan cita en la Ciudad Monumental de Cáceres durante la celebración del festival.
En este sentido, el I Certamen Internacional de Cine de Turismo de Naturaleza, CINEXTUR, que se celebra por primera vez en el marco de dicho festival, pretende servir de escenario para la promoción de todos aquellos elementos naturales susceptibles de convertirse en recursos turísticos y en escenario de actividades de tiempo libre y disfrute de la naturaleza, y en consecuencia favorecer la promoción de un turismo sostenible utilizando esta forma de expresión artística inspirada en el respeto por el medio natural junto con la protección de nuestro patrimonio cultural y artístico.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 192/2007 , de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, D I S P O N G O :
Primero. Convocar el I Certamen Internacional de Cine de Turismo de Naturaleza.
Segundo. Aprobar las siguientes Bases que regirán el I Certamen Internacional de Cine de Turismo de Naturaleza, CINEXTUR.
BASES Primera. Destinatarios.
Podrán participar en este concurso todos aquellos ciudadanos españoles o nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que le sea de aplicación los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que le sean de aplicación los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Segunda. Requisitos.
Las obras presentadas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- La temática de las obras audiovisuales deberán versar sobre la promoción de la riqueza de un espacio o un territorio y de cómo esta cualidad puede ser conocida, apreciada y valorada por el visitante. Se trata de poner en valor los recursos naturales, el paisaje y la riqueza ambiental como recurso turístico y desarrollo de un territorio, basado en los criterios de desarrollo sostenible.
- Se admitirán obras de género documental, ficción y animación de producción europea, quedando excluidas específicamente las obras que tengan un marcado carácter institucional o publicitario.
- La fecha de realización no será anterior al 1 de enero de 2008.
- Su duración no podrá exceder los 55 minutos (incluyendo los créditos).
- Podrán haber sido realizadas en cualquier sistema, tanto de vídeo como de cine, si bien para su proyección se requerirá una copia en DVD.
- Las obras realizadas en otro idioma que no sea el castellano deberán de estar subtituladas en castellano, inglés, o francés.
- Los participantes deberán subir su obra por Movibeta. Asimismo, deberán enviar por correo electrónico, a la dirección [email protected]:
- Una fotografía de calidad de la obra (mínimo 800 x 600 píxels), en formato jpg.
- Una fotografía de calidad del director o directores, en formato jpg.
- Cualquier otra información de interés o que amplíe el contenido de la ficha de inscripción (dossier de prensa, cartel, ficha técnica, tráiler, making off, etc.).
Se admitirá un máximo de TRES obras por autor.
Tercera. Lugar y plazo de presentación.
1. Las inscripciones (Anexo I) para la participación en el Certamen deben dirigirse a la Dirección General de Turismo, C/ Santa Eulalia n.º 30 (CP. 06800), y podrán presentarse conforme determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero y en el artículo 7
del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. A estos efectos podrán presentarse:
a) En las oficinas que realicen las funciones de registro de:
- Cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, considerándose todas estas oficinas como oficinas de registro de cada Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura u organismo público vinculado o dependiente.
- Los órganos de la Administración General del Estado.
- Los órganos de cualquier otra Administración Autonómica.
- Las Entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de esta Comunidad Autónoma para actuar como registro concertado.
b) A través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura.
c) En las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica.
d) En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa.
e) En cualquier otro órgano que indique una norma específica.
El plazo de presentación de las obras finalizará el 21 de febrero de 2011.
Cuarta. Jurado.
El Jurado será el órgano que calificará y propondrá la concesión de los premios a la Consejera de Cultura y Turismo, la cual resolverá su concesión.
Estará compuesto por al menos cinco miembros profesionales de los medios cinematográfico, artístico, natural y turístico. El Jurado, que tendrá la facultad de declarar desierto cualquiera de los premios, dará a conocer el fallo el día 9 de abril de 2011, que será publicado en la página web www.cinextur.es.
El fallo del Jurado será inapelable, quedando facultado para rechazar los trabajos que no reúnan las condiciones técnicas adecuadas para su exhibición pública.
Quinta. Premios y modalidades.
Los participantes optarán a los siguientes premios, los cuales no son acumulables y están sujetos a las retenciones de IRPF marcadas por la Ley.
- Premio a la mejor obra documental: 5.000 euros + ESTATUILLA.
Al mejor documental que promocione aquellos elementos naturales susceptibles de convertirse en recursos turísticos y escenarios de actividades de tiempo libre y de disfrute de la naturaleza.
- Premio a la mejor obra de ficción/animación: 5.000 euros + ESTATUILLA.
A la mejor obra de ficción o animación que refleje los valores paisajísticos y naturales de los lugares donde han sido rodados o al que hacen referencia.
- Premio Tæjo Internacional a la mejor obra rodada en Extremadura: 5.000 euros + ESTATUILLA.
A la mejor obra documental, ficción o animación, rodada íntegramente en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que promocione aquellos elementos naturales susceptibles de convertirse en recursos turísticos y escenarios de actividades de tiempo libre y de disfrute de la naturaleza.
Los participantes de dicha sección deberán mandar un correo electrónico a [email protected] especificando el título de la obra y la localización del rodaje.
Los premios se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 1704342A642, código de proyecto 201117040001 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El pago de los premios se efectuará mediante transferencia bancaria una vez los autores premiados aporten los datos necesarios (alta en el subsistema de terceros). El órgano gestor comprobará de oficio que los beneficiarios de los premios se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de Comunidad Autónoma, de conformidad con el artículo 6.3 del Decreto 77/1990.
Sexta. Comité.
Un Comité compuesto por profesionales audiovisuales y de turismo seleccionará, de las obras inscritas, a diez finalistas que optarán a los premios.
En los lugares determinados en la base tercera, y antes del 7 de marzo de 2011, dichos finalistas deberán enviar su obra en formato DVD PAL con subtítulos en inglés para las obras rodadas en español, y con subtítulos en castellano cuando se trate de obras no rodadas en español.
Asimismo, deberán enviar por correo electrónico a [email protected] los siguientes documentos:
- Biofilmografía del director en castellano e inglés.
- 3 fotografías de la obra y 1 fotografía del Director.
- Sinopsis de la obra en castellano e inglés (máx. 5 líneas).
- Listado en formato Word con los códigos de tiempo y los diálogos de la obra en castellano.
El envío de los materiales mencionados correrá a cargo de los finalistas. La Organización del Certamen no se hará responsable de la pérdida o daños de las obras una vez que sean entregadas a la empresa de mensajería.
Séptima. Reglas generales.
Los propietarios y/o autores de las obras participantes dan su consentimiento para la difusión gratuita de un fragmento de su obra (máximo dos minutos) con el fin de dar publicidad al evento.
La Consejería de Cultura y Turismo se reserva el derecho a editar en DVD fragmentos de máximo dos minutos de las obras seleccionadas, con fines promocionales.
Un ejemplar de cada una de las obras presentadas pasará a formar parte de los archivos de la Consejería de Cultura y Turismo, que conservará la Dirección General de Turismo, para los fines propios de la misma, utilizándola siempre en fragmentos de dos minutos en las condiciones arriba indicadas.
La participación en el Certamen supone la total aceptación de estas bases, en caso de incumplimiento de cualquiera de dichos puntos, la Consejería de Cultura y Turismo se reserva el derecho a retirar la obra de la competición.
Octava. Recursos.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Cultura y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOE, según lo previsto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOE, conforme a lo establecido en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Anexos Omitidos.